CHETUMAL, MX.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), aprobó los registros de las plataformas electorales de los Partidos Acción Nacional (PAN); Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Verde (PVEM); Movimiento Ciudadano, del Trabajo (PT) de Regeneración Nacional (MORENA), Movimiento Auténtico Social, Confianza por Quintana Roo, Partido Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza por México que, sostendrán sus candidatos registrados para contender en el Proceso Electoral Local 2020-2021.

En ese sentido, el Ieqroo estimó que las plataformas electorales que presentaron esas organizaciones políticas, cumplen con lo señalado en el artículo 39, numeral 1, incisos i) y j) de la Ley de Partidos, pues dichas plataformas exponen las propuestas de acciones y políticas públicas acordes a los principios ideológicos en su respectiva declaración de principios.

En un comunicado, el organismo electoral precisó que para el registro de candidaturas a todo cargo de elección popular, el partido político postulante deberá presentar y obtener el registro de la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán a lo largo de las campañas políticas.

Asimismo, se instruyó a la Consejera Presidenta y a la Secretaria Ejecutiva de este Instituto para que expidan las constancias de registro, respectivas, así como a la Unidad Técnica de Informática y Estadística del Instituto Electoral de Quintana Roo, a efecto de que publiquen dichas plataformas electorales, de los partidos en mención, en la página web oficial del propio Instituto.

En otro punto del orden día, integrantes del Consejo General del IEQROO instruyen a los Consejos Municipales para que inicien con el proceso de planeación e integración de las propuestas de habilitación de espacios para el recuento de votos durante el desarrollo de los cómputos municipales en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Con dichas instrucciones se determina la habilitación de espacios y/o sedes alternas para la sesión de cómputo y/o recuento de votos, se desarrollará un proceso de planeación, que comprenda las previsiones logísticas necesarias, a partir de los escenarios extremos que se pueden presentar en cada consejo municipal.

Este ejercicio se realizará, considerando el número de integrantes de los órganos competentes a partir de los cuales, ya sean 4, 5 o más, se podrá determinar la cantidad de Grupos de Trabajo que se pueden llegar a crear para efectos del recuento.

El proceso incluirá la logística y medidas de seguridad, habilitación de los espacios disponibles al interior o anexos al inmueble para la realización de los recuentos, así como para garantizar el traslado oportuno y seguro de los paquetes electorales, entre otros.

En otro punto del orden del día, el Consejo General del IEQROO aprobó por unanimidad el presente acuerdo, con voto razonado de la Consejera Electoral Elizabeth Arredondo Gorocica, por medio del cual se emiten diversas determinaciones respecto de la ejecución correspondiente al procedimiento para el ejercicio muestra sobre el porcentaje de autenticidad de firmas, establecido dentro de los criterios para el procedimiento de verificación del apoyo ciudadano para la consulta popular, previsto en el título segundo, capítulo segundo, de la ley de participación ciudadana del estado de quintana roo.

En ese sentido, se instruyó a la Consejera Presidenta del IEQROO, para que, por su conducto se solicite al INE a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales (UTVOPL), para que, de ser posible y en la medida de sus atribuciones y facultades, brinde auxilio a este organismo local para que se verifiquen y validen, en su caso, por parte de esa autoridad nacional, las firmas correspondientes a la ciudadanía que resultó seleccionada en el ejercicio muestra; así como para que, de contar con una respuesta afirmativa de su parte, pudiera dar a conocer cuál sería la ruta o procedimiento, así como los elementos e información que requiere, a fin de que pueda realizar la verificación ya mencionada y de obtener respuesta afirmativa por parte del INE, dejar sin efecto el Procedimiento aprobado mediante Acuerdo IEQROO/CG/A-026-2021. (Infoqroo)

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