Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Maestros de Quintana Roo interpondrán amparos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que el pago de jubilaciones del ISSSTE sea en UMA’s, en lugar de salarios mínimos, ya que representa una disminución de, por lo menos, 15 mil pesos en sus percepciones.

En estos momentos, el valor de la UMA es de 89.62 pesos, mientras que el salario mínimo es de 141.7 pesos.

El secretario general de la sección 25 del SNTE, Fermín Pérez Hernández confirmó que la próxima semana el Colegiado Jurídico del sindicato promoverá los recursos legales ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, en representación colectiva a nombre del SNTE en representación de los pensionados y jubilados.

Tras manifestar la inconformidad del magisterio por la afectación a pensionados y jubilados, detalló la afectación que representa el cambio de valores para determinar el monto por concepto de jubilaciones que recibirían los afectados.

“Para saber lo que cobra una persona jubilada, el valor de una UMA se multiplica por 10 y luego por 30.4, lo que da el tope máximo de UMA, que para un pensionado debe de ser de 27 mil 244 pesos con 48 centavos y hay algunos que cobran 26 mil pesos, lo que da una diferencia todavía en pago de UMAS y en salarios mínimos; mientras que, en salario mínimo, multiplicado por 10 y luego multiplicado por 30.4, da la cifra que debería cobrar un pensionado, lo que da una diferencia de 15 mil 265”, detalló.

El dirigente de la Sección 25 recordó que la máxima autoridad jurisdiccional, determinó que el ISSSTE debe cuantificar el pago de pensiones y jubilaciones con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y no en salarios mínimos para los trabajadores que están en el régimen solidario, es decir, los que están en el décimo transitorio de la Ley del ISSSTE.

Dijo que hay dos regímenes, los que están en el décimo transitorio, es decir, aquellos que tienen pensiones y jubilaciones y los que están en cuentas individuales, que son aquellos que no tienen derecho a jubilación, aunque la afectación alcanza a los de régimen solidario cuando su salario rebase el tope de las diez UMAS. (Noticaribe)

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