Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Debido a que, David Tah Balam desistió de su queja contra la designación de Marciano Dzul Caamal como candidato de Morena a la presidencia municipal de Tulum, magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desecharon el juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense DC/034/2021 interpuesto.

Además, en el caso del JDC/044/2021 interpuesto por Maribel Cruz Rodríguez contra el Comité Ejecutivo Estatal, la Comisión Nacional de Elecciones, la Comisión Nacional de Encuestas, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Morena el Consejo General del Ieqroo por el proceso de selección de candidatos a integrar la planilla para miembros del Ayuntamiento de Tulum determinaron reencausarla a la Comisión de Honestidad y Justicia
para que, conforme a su competencia y atribuciones. dicten la resolución que en derecho corresponda en un plazo de 5 días a partir de la recepción de los expedientes y que por cuestión de distancia se otorga un plazo de 72 horas posteriores para que notifique a la parte actora.

Durante su sesión virtual, el Teqroo resolvió el Procedimiento Especial Sancionador, identificado con el expediente PES/007/2021, el cual fue presentado por el Partido Movimiento Ciudadano en contra del partido político Fuerza por México, Sindicato de Taxistas “Lázaro Cárdenas del Río” del Municipio de Solidaridad, Quintana Roo y/o quien resulte responsable, por la presunta comisión de conductas violatorias a la normatividad electoral.

Al respecto, la magistrada y los magistrados, por unanimidad de votos, decidieron declarar inexistentes las conductas atribuidas al partido político Fuerza por México y el Sindicato de Taxistas “Lázaro Cárdenas del Río” del Municipio de Solidaridad, toda vez que del caudal probatorio no fue posible probar las supuestas irregularidades denunciadas.

Mientras que el JDC/045/2021 y su acumulado JDC/046/2021, fueron interpuestos por Cigur Gallegos Cruz y Santiago Torres Miranda, respectivamente, en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y la presunta omisión de implementar acciones afirmativas en beneficio de grupos en situación de vulnerabilidad como lo son la comunidad LGBTIQ+ y personas con discapacidad, para acceder a cargos de elección popular en las próximas elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos.

En este asunto, el Pleno por unanimidad de votos aprobaron desechar ambos juicios ciudadanos por resultar improcedentes, ya que fueron presentados fuera de tiempo, aunado a que este Tribunal ha atendido este tema en sentencias anteriores. (Noticaribe)

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