TULUM, MX.- Habitantes de Tulum, académicos y ambientalistas del Estado de Quintana Roo, solicitaron a la Procuraduría Federal del Ambiente actuar de inmediato para detener e investigar la tala y relleno de manglares que se están llevando a cabo en el municipio de Tulum para construir caminos en áreas de importancia ambiental, como lo son los humedales y manglares que se encuentran protegidos por el Código Penal Federal, la ley General de Vida Silvestre y la NOM059.

De acuerdo a declaraciones del Presidente Municipal de Tulum, Víctor Mas Tah, en medios de comunicación, hace unos días, se inauguraron el primero de nueve conectores viales de 4.2 kilómetros que unirán a la Avenida Kukulkán con la zona costera, los nueve conectores unirán la vía costera a partir del punto conocido como ‘El Tábano’ hasta Casa Malca, y se abrirán en tres semanas a un mes cada una de ellas.

Mediante un comunicado de prensa enviado por Aracelí Domínguez en representación de agrupaciones ecologistas, los ambientalistas precisaron que el municipio de Tulum, no está exento del cumplimiento de las leyes ambientales, como son la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) que exige manifestaciones de impacto ambiental, los cambios de uso de suelo, la aplicación de la NOM022 que determina la protección y conservación de manglares humedales.

Zona de los puntos 13, 14, 15 y 16 en el límite de Sian Kaan.

“Pedimos al Municipio de Tulum detenga y restaure el flujo en el manglar que se ha desmontado y rellenado, de manera ilícita en varios puntos del humedal dejando los caminos con características de caminos de sascab, como en los siguientes casos”:

1.-El caminos que se encuentra en la intersección de la Avenida Kukulkan con el “nuevo par vial” paralelo a la carretera costera Carretera Tulum-BocaPaila.
2.-Los 8 accesos a la carretera costera en el Ejido José María Pino Suárez, unos trazos van paralelas y otros perpendiculares a la costa.
3.-Caminos en la colindancia con la Reserva de la Biosfera de Sian Kaan.

Punto 15: Relleno de cenote y manglar

“Ambientalistas, académicos y ciudadanos del Estado de Quintana Roo hemos presentado ya varias denuncias ante la PROFEPA debido a que ninguno de estos caminos cuentan con Manifestaciones de Impacto Ambiental, ni se han construido en términos de la NOM022, que significaría pilotear, dejar pasos de agua, con objeto de no impedir el flujo natural de los humedales, eso en el caso de que se autoricen las Manifestaciones de impacto ambiental y los cambios de uso de suelo”, se asentó.

En todos ellos se han talado y rellenado manglares y zonas inundables, así como se han detectado importantes afectaciones a cavernas y cenotes.

Los caminos tienen el fin último de abrir dicha zona de humedal costero al desarrollo de hoteles, comercios y desarrollos inmobiliarios ya que algunos de ellos ya se encuentran en preventa.2

Se talaron y rellenado manglares de las 4 especies existentes en el país y se proyecta el relleno de más humedales, según declaraciones de la Presidencia Municipal de Tulum en contravención de la NOM-022-SEMARNAT-2003 de donde se desprende que los humedales tienen funciones hidrológicas de contigüidad, de regulación climática, de estabilización costera y de producción primaria que mantienen la biodiversidad marina y terrestre que depende de ellos.

De acuerdo con el comunicado, los ambientalistas exigen a las autoridades federales intervengan de manera urgente para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 418, 419, 420 y 420 BIS del Código Penal que señalan que se impondrá de 2 a 10 años de prisión y el equivalente de trescientos a tres mil días de multa a quien ilícitamente dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

Vista general de caminos y lotificación de humedal costero en ecosistema de manglar. Toda esta zona es humedal costero con ecosistema de manglar y es zona inundable a la que aplican varias leyes y varias normas como son la NOM 022 SEMARNAT y la NOM 059.

En el caso de los caminos mencionados también se viola el artículo 60 TER de la Ley General de Vida Silvestre que a la letra dice: Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda, o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos; el convenio internacional llamado Ramsar que protege los humedales de importancia internacional.

“Exhortamos a las autoridades Estatales y Federales a exigir al Gobierno Municipal de Tulum que se cumpla con la legislación ambiental mexicana, el convenio de Diversidad Biológica, el acuerdo de Escazú y el artículo 4to. constitucional que su párrafo quinto reconoce que toda persona tien el derecho al medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”, se anota.

“El estado debe garantizar este derecho y es obligación de las autoridades de todos los niveles de gobierno velar por la protección de este derecho humano”.

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