48 HORAS AGÓNICAS PARA SALGADO MACEDONIO: TEPJF instruye al INE confirmar sentencia… o establecer otro castigo al morenista

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CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El Tribunal Electoral instruyó al INE evaluar, de nueva cuenta, si la cancelación de la candidatura de Félix Salgado al gobierno de Guerrero es la sanción adecuada por no presentar su reporte de gastos de precampaña, publicó Excélsior.

Así, el árbitro electoral tiene 48 horas para confirmar la penalización que le impuso al senador con licencia, o establecerle otro castigo.

Por cinco votos a favor y dos en contra, los magistrados avalaron la ponencia de Reyes Rodríguez Mondragón en el sentido de que Salgado fue omiso al no entregar su reporte de gastos, pues sí realizó actos de precampaña.

El presidente del TEPJF, José Luis Vargas, y la magistrada Mónica Soto, votaron en contra al considerar que el aspirante sí entregó el informe, pero de manera tardía y eso es lo que debía sancionarse.

Reyes Mondragón indicó que la pérdida de registro no puede ser aplicada en todos los casos y defendió la idea de que el INE debe reformular el castigo, porque su aplicación no es tarea del Tribunal.

Con 5 votos a favor y 2 en contra, el Tribunal Electoral instruyó al INE a evaluar de nueva cuenta si la cancelación de la candidatura de Félix Salgado al gobierno de Guerrero es la sanción adecuada por no presentar su reporte de gastos de precampaña.

La mayoría de los magistrados hicieron suya la ponencia del Reyes Rodríguez Mondragón en el sentido de que Salgado Macedonio sí incurrió en la omisión de la entrega del reporte de gastos cuando en los hechos realizó actos de precampaña.

Por el contrario, el presidente del Tribunal José Luis Vargas y la magistrada Mónica Soto votaron en contra, alegando que el candidato de Morena sí entregó el informe, aunque de manera tardía y que eso es lo que debía sancionarse.

En su ponencia Reyes Mondragón alegó que la pérdida de registro no puede ser aplicada en todos los casos y defendió la idea que debe ser el INE el que reformule el castigo porque su aplicación no es tarea del Tribunal.

El magistrado proponente consideró que resultaba necesaria “una solución más eficiente” que conciliara el castigo con el derecho político a ser votado.

“Los actos desarrollados por el INE fueron legales y siguieron el debido proceso; garantizó el derecho de audiencia tanto de Morena como de sus precandidatos”, sostuvo Rodríguez Mondragón.

Planteó el autor de la ponencia que se avaló por el pleno que, si bien los artículos de la ley electoral son válidos constitucionalmente, éstos deben ser interpretados a la luz del derecho a ser votado y del hecho de que negar una candidatura inhibe ese derecho.

Janine Otálora defendió la postura del INE y recordó que cuando el Senado aprobó nombrarla magistrada ella defendió la importancia del cumplimiento de la fiscalización, misma que establece que una candidatura sea cancelada cuando se incumple con la rendición de cuentas.

Indalfer Infante Gonzales también sostuvo que la sanción no debía ser tajante y que era necesario encontrar un equilibrio entre la falta y el castigo. Y valoró que los precandidatos de Guerrero debieron ser llamados por el INE para que tuvieran la oportunidad de defenderse ante la resolución que se les aplicaría.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera defendió el proyecto de Rodríguez Mondragón porque sostuvo que al no entregarse el reporte de gastos se frenó la tarea fiscalizadora del INE.

Bajo el argumento de que los consejeros electorales no respetaron el derecho humano de la representación, la magistrada Mónica Soto fue tajante en señalar que en este caso no cabía la sanción de la cancelación de la candidatura y que debía tomarse otra sanción del amplio catálogo existente.

En el mismo sentido, el presidente José Luis Vargas defendió los argumentos de Morena y del candidato Félix Salgado al plantear que, en todo caso, la sanción debía reducirse a la entrega tardía del informe de gastos que, insistió, sí se hizo, aun cuando ya estaba en marcha el proceso de fiscalización. “Estoy convencido de que los candidatos deben ser oídos antes de que se les aplique cualquier sanción. Y mientras en Michoacán, el precandidato fue llamado antes de la sanción, en el caso de Guerrero, por el contrario, los precandidatos no fueron llamados al procedimiento”, alegó.

“Quitar la candidatura resulta una sanción excesiva y desproporcional, cuando la conducta infractora consiste en la entrega tardía del informe de ingresos y gastos (…) Que el INE imponga la sanción que estime por la entrega extemporánea”, planteó el magistrado presidente.

Sin embargo, la postura de los magistrados Vargas y Soto no prosperó y por mayoría de cinco votos salió adelante la ponencia de Rodríguez Mondragón. (Fuente: Excélsior)

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