CIUDAD DE MÉXICO.- El gobierno de México a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), iniciará un procedimiento jurídico para invalidar el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable del Municipio (PMOTEDUS) de Tulum.
La dependencia precisó que este procedimiento se debe a que la autoridad municipal no la tomó en cuenta para su elaboración y validación, por lo que además le hizo un llamado a establecer comunicación con el sector ambiental federal para lograr un ordenamiento territorial en equilibrio con el medio ambiente y los recursos naturales.
La Semarnat precisó que notificó al municipio de Tulum que el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable del Municipio (PMOTEDUS), publicado el pasado 31 de marzo de 2021, en el Tomo I, número 50 extraordinario del Periódico Oficial del Estado del Gobierno de Quintana Roo, no será reconocido por la dependencia federal debido a faltas e incongruencias relevantes que propician el deterioro ambiental del municipio y del estado.
Además, en un escrito dirigido al munícipe de Tulum, Víctor Mas Tah, la Semarnat señala que el PMOTEDUS Tulum no será tomado en cuenta en la obtención de permisos y concesiones competencia de esta Secretaría e iniciará un procedimiento jurídico para su invalidez, ya que no fue tomada en cuenta la participación de la autoridad federal en la elaboración y validación correspondientes.
“Este instrumento presenta lineamientos, usos del suelo y criterios de regulación ecológica sobre temas de jurisdicción federal, como ciertos rubros de impacto ambiental y cambio de uso de suelo en terrenos forestales que deben ser abordados de manera conjunta entre los tres órdenes de gobierno. En este sentido, la Semarnat exhorta al municipio de Tulum a establecer comunicación permanente con especialistas del sector ambiental federal para lograr un ordenamiento territorial en equilibrio con el medio ambiente y los recursos naturales”, refiere el documento.
De igual manera, puntualiza que luego de una revisión detallada al Programa y tomando en cuenta la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), entre las inconsistencias destacadas se encuentra que en los planes o programas de desarrollo urbano deberán tomar en cuenta los lineamientos y estrategias contenidas en los programas de ordenamiento ecológico del territorio vigente.
Tampoco toma en cuenta a la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de Quintana Roo ni su reglamento en materia de ordenamiento Ecológico.
De igual forma, se menciona que el POET del corredor Cancún-Tulum (vigente a la fecha), al tener dos décadas de haberse decretado, ya no corresponde con la realidad ecológico/ambiental de la zona.
Sin embargo, no presenta ninguna evaluación del desempeño formal del citado programa que permita verificar los supuestos establecidos en los artículos 48 y 49 del reglamento en materia de ordenamiento ecológico de la LGEEPA que justifique su modificación.
No se menciona nada sobre el status jurídico del POET del corredor Cancún-Tulum y la resolución de las posibles contradicciones con el PMOTEDUS Tulum.
Por otra parte, el municipio de Tulum cuenta con cuatro Áreas Naturales Protegidas de competencia federal que, si bien no son parte del Programa que se discute, son colindantes con el mismo, por lo que las decisiones se deben tomar con base en criterios que consideren su mantenimiento y mejora.
Se trata del Parque Nacional Tulum, la Reserva de la Biósfera Sian Ka’an, la Reserva de la Biósfera Arrecifes de Sian Ka’an y la Reserva de la Biósfera Caribe Mexicano, que cuentan con una zona de influencia dentro del polígono en cuestión y, por lo tanto, claves para la conservación de la biodiversidad en la región.
“El PMOTEDUS Tulum propone cambios de uso de suelo para incentivar y permitir el crecimiento urbano, el desarrollo inmobiliario repercutiendo negativamente sobre los ecosistemas, provocándose así efectos negativos y diversos a los sistemas hidrogeológicos y por ende a las especies terrestres, marinas, de arrecifes y monumentos arqueológicos”, concluye el documento.
Finalmente, la dependencia federal hace hincapié en que toda infraestructura que se pretenda desarrollar en dichas áreas o terrenos forestales requerirá de la autorización de la Semarnat para todo cambio de uso de suelo, además de cumplir con las cuestiones técnicas respectivas, así como del marco jurídico aplicable.
“Se considerará ilegal cualquier remoción de vegetación forestal y se podrán iniciar los procesos legales y administrativos correspondientes”, advierte. (Infoqroo)