Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó a Issac Jánix Alanís como candidato del Partido Fuerza por México a la presidencia municipal de Benito Juárez, luego de considerar infundado el agravio interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en su contra al considerar que únicamente podía aspirar al cargo de reelección como regidor.
Este Recurso de Apelación RAP/011/2021 y su acumulado RAP/012/2021, fueron interpuestos por el PRD y el Partido Encuentro Social, en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo por medio del cual se resuelve la solicitud de registro de las planillas de candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos de Othón P. Blanco, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Cozumel, Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Tulum, Bacalar y Puerto Morelos, presentadas por el partido “Fuerza por México”, en el contexto del Proceso Electoral Local 2020-2021, identificado con el número IEQROO/CG/A-121-2021.
Durante su sesión virtual, los magistrados del Teqroo también declararon infundada la denuncia interpuesta por el PRD, en el Procedimiento Especial Sancionador, PES/013/2021, contra Jorge Rodríguez Méndez, en su calidad de candidato del PRI a la presidencia municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez por presuntos actos anticipados de campaña y del partido antes referido, por su supuesta falta de vigilancia de su candidato.
Sobre este procedimiento, por unanimidad de votos, la y los integrantes del Pleno declararon inexistentes las infracciones atribuidas a Jorge Rodríguez Méndez y el PRI, toda vez que del caudal probatorio no fue posible acreditar los actos denunciados.
Asimismo, el Teqroo sustituir al candidato de la tercería regiduría propietaria, Gelfis Martínez, en la planilla propuesta por el partido Fuerza por México al ayuntamiento de Puerto Morelos por resultar inelegible, toda vez que no se separó del servicio público dentro del plazo que establece la ley.
El Teqroo vinculó en esta sentencia al Consejo General del IEQROO para que otorgue un plazo razonable y específico para que el partido político realice la sustitución del candidato inelegible; así como de inmediato implemente todas aquellas medidas útiles y necesarias para materializar en forma eficaz la inclusión en la boleta electoral del nombre del candidato sustituto.
En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de la Ciudadanía, identificado con el número de expediente JDC/063/2021 presentado por Víctor José Luis Pérez Sorcia contra el registro de Rufina Cruz Martinez como candidata independiente a la presidencia municipal de Othón P. Blanco, los magistrados del Teqroo determinaron desechar el presente juicio ciudadano, dado que fue presentado de manera extemporánea, ya que no fue interpuesto dentro de los 4 días que señala la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral. (Noticaribe)
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