CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El gobierno mexicano y la compañía Suiza, Latam Pharma Innovative Ventures, hicieron contrató de compra con CanSino Biologics, para la obtención de 35 millones de dosis de vacunas chinas contra la COVID-19, sin embargo, dicha empresa no había sido constituido en el registro público corporativo de Suiza, publicó radioformula.com.mx.
Lourdes Motta, abogada corporativa especialista en contratos de salud dijo a Univision que “literalmente firmaron con un fantasma, una empresa inexistente, a la que por supuesto no le puedes exigir responsabilidades. Pudieron crearla o no crearla después. Es completamente irregular que –aún en una situación de emergencia– tú firmes con una empresa que no ha sido creada”.
Además, expertos citados por el medio aseguraron que el contrato con Latam Pharma ponen en desventaja al gobierno de México ya que no establece responsabilidades de CanSino en caso de que haya algún problema en la manufactura de las vacunas, no ofrece garantías para que los contratistas cumplan sus obligaciones y no deja claro cuál es el papel de Latam Pharma.
También se dice que Latam Pharma está conformada por dos empresas suizas cuyos socios son Guy Jean Leon Savoir García, un empresario farmacéutico mexicano, y Luis Doporto Alejandre, un abogado mexicano que fue investigado en Panama Papers y multado por el gobierno de México, en junio de 2020.
“La firma Latam Pharma solo tiene cuatro empleados y reportó como domicilio un despacho en la ciudad de Zug, Suiza. Se constituyó con un capital social de poco más de 100 mil dólares y en 2020 declaró ganancias por 300 mil dólares”, destacó Univision.
Se sabe que el acuerdo se firmó bajo las leyes de Singapur y obliga a México a someterse a un Tribunal de Arbitraje internacional en ese país en caso de que el fabricante o el intermediario incumplan con el contrato.
Ante esto, la cancillería mexicana, encargada de la adquisición de vacunas para México, dijo a Univision que firmaron en Singapur porque “ se concilió que la jurisdicción fuera Singapur basado en la seguridad jurídica que confiere el sistema legal de Singapur”.
En una respuesta por escrito, la Secretaría de Salud citó dos artículos en la ley de compras públicas en los que se afirman que pueden firmarse contratos en el extranjero, si solo hay un proveedor en el mundo que puede vender ese producto o si ese proveedor pide que el contrato se firme bajo la ley de su país. (Fuente: radioformula.com.mx)