Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- La reforma electoral aprobada por la XVI Legislatura para que el proceso local inicie la primera semana de enero de 2022 es inválida y está fuera de toda legalidad porque transgrede la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales (Lippe) en cuanto a la temporalidad y puede ser combatida con un juicio de amparo indirecto, afirmó el presidente de la asociación civil “Liberales por los Valores y una Verdadera Democracia”, Jorge Yeladaqui Arceo.

Agregó que las reformas deben ser sustanciales a la ley y no mediante artículos transitorios.

“Los ciudadanos y los partidos políticos nos vemos afectados en los derechos político electorales y el medio para combatir esta ley es el juicio de amparo indirecto, ya que con su sola vigencia causa perjuicio al gobernado”, explicó.

Explicó que el artículo 105, fracción II, inciso i, de la Constitución General establece que cualquier reforma electoral debe realizarse 90 días antes del inicio del proceso electoral, y no dentro de los 90 días como lo consideró el Congreso local, así como el artículo 265 de la Lippe que establece la primera semana de octubre como fecha para el inicio del Proceso Electoral “esos artículos debieron ser reformados en debido tiempo y la formalidad y análisis del Ejecutivo para ser presentado al poder Legislativo”.

La reforma se encuentra ante una contradicción entre la Constitución General y la Lippe hay que plantear el uso de los recursos jurídicos disponibles para la ciudadanía entre ellos un juicio de amparo indirecto porque hay una invasión de competencia del Ejecutivo “y una vez más se ve que no hay análisis ni revisión legal en firme para que se realice el proceso para la renovación de la gubernatura del Estado”.

Yeladaqui Arceo afirmó que las legislaturas XV y XVI se han caracterizado en ser las que menos han atendido las demandas ciudadanas y han mostrado estar al servicio del Ejecutivo.

Hay tres iniciativas ciudadanas presentadas en el 2018, 2019 y 2020 y a los diputados no les ha interesado tocar los temas que le preocupa a la sociedad.

Dijo que causa consternación comprobar, una vez más, que los diputados toman decisiones a la ligera, sin consultar a la sociedad, al aprobar una reforma electoral que carece de formalidad.

Reiteró que la reforma aprobada viola el artículo 105 Constitucional fracción II, inciso I, y la iniciativa se encuentra fuera de los plazos establecidos “porque los términos no fueron computados en forma adecuada porque la Constitución dice que cualquier reforma electoral debe hacerse 90 días anteriores a la elección y el proceso electoral inicia la primera semana de octubre, tal y como lo establece la Lippe y a partir de ahí son 90 días de reformas sustanciales a la ley no mediante artículos transitorios porque no representa la sustancia de la ley”.

La ley es en sí el artículo más los transitorios que son los mecanismos mediante los cuales una ley adquiere vigencia o se implementan los mecanismos para que la ley se eche a andar.

“Técnicamente y jurídicamente hay un grave error en esta pretendida reforma”, afirmó. (Noticaribe)


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