Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Ante el vacío legal que presenta la Ley de Municipios en cuanto a tiempos para los procedimientos de revocación de mandato, el cual quedó demostrado con el procedimiento iniciado contra el presidente municipal de Lázaro Cárdenas, Nivardo Mena Villanueva, el diputado Edgar Gasca Arceo entrego a la Oficialia de parte del poder legislativo un a propuesta de reforma para establecer reglas claras tiempos claros de ejecución.
Calificó de tomadura de pelo que la comisión de justicia (encabezada en tu momento por Lily Campos Miranda y en estos momentos por su suplente Kira Iris San) se haya tardado dos años en analizar los documentos en atender la queja por el incumplimiento de convocar a sesiones de cabildo.
De acuerdo con el documento, e propósito es evitar que quienes incurran en dicha falta gocen de impunidad al no haber plazos legales debidamente definidos.
Es necesario que los procedimientos de suspensión o revocación del mandato se ajusten a tiempos específicos definidos en la ley, de manera que quienes sean sujetos a tales procesos cuenten con las garantías constitucionales en su defensa y en el ejercicio del derecho de audiencia.
Señaló que en estos momentos la Ley de Municipios presenta un vacío legal al no tener plazos establecidos y debidamente definidos en lo que respecta al procedimiento de solicitud de revocación o suspensión de mandato “lo cual pone en peligro el derecho a una legítima defensa por parte de los denunciados, aunado a la inseguridad jurídica que representa para la Legislatura al momento de la aplicación de la ley en un proceso de este tipo, pero sin tener certeza de tiempos ni reglas claras”.
La iniciativa en cuestión propone que, una vez sea presentada la solicitud de suspensión o revocación de mandato ante la Legislatura en turno, esta deberá ser ratificada dentro de los tres días hábiles siguientes; una vez ratificada será turnada en un plazo no mayor a siete días, junto con la documentación que la acompañe, a la Comisión de Justicia de la Legislatura del Estado para que, en un término máximo de veinte días, esta califique los requisitos de procedencia.
Gasca Arceo recordó el caso del presidente municipal de Lázaro Cárdenas, Nivardo Mena Villanueva, que fue denunciado por los regidores desde el 16 de agosto de 2019 por incumplir con realizar sesiones de cabildo “y tuvieron que pasar dos años y medio para que la Comisión de Justicia aprobara el dictamen de procedencia de dicha denuncia, cuando ya está por terminar el período del mandato del funcionario denunciado sin que la Décimo Sexta legislatura haya emitido un pronunciamiento definitivo, lo cual constituye una violación a la correcta administración y atención de los asuntos que corresponden a la Legislatura”. (Agencia SIM)
Comentarios en Facebook