Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desecharon el recurso presentado por la ex candidata de Morena a la presidencia municipal de Solidaridad, Laura Beristain Navarrete al confirmar la sentencia emitidas por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) en cuanto a la inexistencia de violencia política en razón de género y de hechos consistentes en calumnias en su contra.

Al atender los expedientes SX-JE-243/2021 y su acumulado, SE-JDC-1474/2021, los magistrados consideraron que, contrario a lo sostenido por la otrora candidata, el Teqroo respetó los principios de exhaustividad, congruencia, fundamentación y motivación a los que está obligado a cumplir, al valorar el contenido de las publicaciones denunciadas en la red social Facebook, de las cuales se advierte que aludían a críticas por el manejo de recursos públicos y una indebida actuación de Beristain Navarrete cuando ejerció el cargo de presidenta municipal de Solidaridad, lo que están parado en el margen de la libertad de expresión en el contexto del debate político.

Asimismo, en el expediente SX-JE-244/2021, la Sala Regional también confirmó la sentencia del Teqroo quien señaló la inexistencia de conductas relacionadas con violencia política en razón de género contra Beristaín Navarrete atribuibles al dueño y administrador de la página de internet Netacaribe de la red social Facebook debido a que los planteamientos realizados por el PT resultaron insuficientes para desvirtuar lo expuesto por el Teqroo, toda vez que sí se analizó de forma adecuada las direcciones de internet denunciadas, los cuales no eran de la entidad suficiente para tener por acreditado que los hechos denunciados estuvieran dirigidos a la persona de Beristain Navarrete por ser mujer en que se haya causado un daño a su esfera jurídica por dicha condición.

También, los magistrados de la Sala Regional confirmaron la sentencia del Teqroo que declaró parcialmente fundados los agravios presentados por el partido del trabajo y ordenó continuar con el trámite y sustanciación de diversos procedimientos especiales sancionadores en virtud de que la sala regional estimó que el Partido del Trabajo ya alcanzó sustancialmente su pretensión, aunado a que no controvierte las razones por las que el Teqroo determinó que no había omisión en resolver las medidas cautelares ni una dilación injustificada a cargo del Instituto Electoral de Quintana Roo.

Finalmente los magistrados de la sala regional dejaron a salvo los derechos del PT para que los haga valer en caso de que los consideren pertinentes. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook