CIUDAD DE MÉXICO, MX.- Algunos gastos familiares sí pueden incluirse en las deducciones al pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tales como recibos de luz, agua, internet y los gastos que haga tu pareja a tu nombre, sin embargo, hay varias especificaciones en cada caso, publicó expansion.mx.
Debido a la pandemia del COVID-19, algunos trabajadores tuvieron la opción de seguir trabajando desde casa, por lo que algunos gastos como el internet pueden ser deducibles de impuestos ante el SAT, por las personas físicas, de acuerdo con lo estipulado por el SAT.
Las colegiaturas
El SAT permite deducir las colegiaturas desde el nivel preescolar hasta el bachillerato , además del transporte escolar si es obligatorio como parte del reglamento de la institución educativa o que el gasto esté contemplado en la misma colegiatura.
No son deducibles de impuestos las inscripciones ni las reinscripciones.
Además, hay un límite estipulado para las deducciones:
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Internet, luz y crédito hipotecario
Si trabajas desde tu hogar, sí puedes deducir el internet y otros servicios como luz, teléfono, y algunos gastos de comida, siempre y cuando se cuente con las facturas correspondientes.
Y para que el patrón pueda deducir los pagos de luz e internet del trabajador, se deben de incluir en un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), mejor conocido como factura electrónica.
En estos casos se deben ingresar los pagos efectuados al trabajador por concepto de servicios de luz e internet en el atributo clave 999, que corresponde a “Pagos distintos a los listados y que no deben considerarse como ingreso por sueldos, salarios o ingresos asimilados”, detalla el SAT.
El patrón podrá incluir los pagos en su contabilidad y en su caso, hacerlos deducibles de impuestos.
Otra buena noticia es que si estás pagando el crédito hipotecario de tu casa, también se pueden deducir los intereses en tu declaración anual que se pagan por este bien, no importando si se obtuvo en un banco, Infonavit o con Fovissste.
Gastos de la pareja o familia
En la declaración anual de impuestos podrás deducir algunos de los gastos de tu esposo, esposa y cónyuge, ya que de acuerdo con el SAT se puede emitir la emisión de facturas a nombre de tu pareja, (aunque los pagos los hayan hecho otros familiares).
Para que sean deducibles, el SAT recomienda pagar por medios electrónicos y solicitar que la factura se emita a nombre de tu pareja, pero solo serán deducibles si los gastos fueron efectuados para ti.
Estas deducciones podrán hacerlas las personas físicas, y los pagos deben realizarse de forma electrónica, no en efectivo.
“El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo”, detalla el SAT. (Fuente: expansion.mx)