GUERRERO, MX.- La Fiscalía Anticorrupción de Morelos imputó a la exsecretaria de Cultura, Cristina Faesler, el delito de ejercicio indebido del servicio público, debido a que presuntamente gestionó el pago de casi un millón de pesos para la realización de un libro que nunca fue publicado, publicó Proceso.
Además de la secretaria de Cultura del sexenio anterior, también fueron imputados por el mismo ilícito Manuel Zepeda, exsubsecretario de Fomento a las Artes, y Héctor López, exdirector General de Gestión Administrativa; en tanto, que a José García, exdirector General de Museos y Exposiciones, se le atribuye ejercicio ilícito del servicio público.
Procesan a Josefina Pallares, exsecretaria particular de la esposa de Graco Ramírez
Lo anterior debido a que, los cuatro exfuncionarios presuntamente no evitaron que se pagara casi un millón de pesos por un libro que nunca fue realizado.
De acuerdo con los datos de prueba presentados por la Fiscalía Anticorrupción, en audiencias del 8 y 9 de noviembre de 2021; el 3 marzo de 2014 se celebró un convenio entre la Secretaría de Cultura de Morelos y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) para la realización de diversos proyectos culturales del Fondo Editorial, incluidos el libro en mención.
Derivado de dicho convenio, el 28 de julio de 2014 Conaculta transfirió a la Secretaría de Hacienda del Gobierno de Morelos recursos por 32 millones 62 mil 151 pesos y dentro del convenio se estableció la ejecución de un proyecto consistente en la elaboración de un libro en homenaje a Joy Laville, pintora inglesa naturalizada mexicana y que vivió en Cuernavaca.
Inicialmente se consideraron la elaboración de 2 mil ejemplares, sin embargo, después de diversas peticiones de modificación al convenio se acordó la producción de mil libros.
La producción e impresión del libro debió ejecutarse el 31 de diciembre de 2014, sin embargo, la exsecretaria Cristina “N” promovió el cambio de fecha a través de diversos oficios y Conaculta accedió a modificar al 30 de junio de 2015 la terminación del libro, advirtiéndole que si en esa fecha no estaba concluido tendría que reintegrar el dinero a la Tesorería de la Federación.
Además, dentro de los convenios de modificación promovidos por la ex secretaria de Cultura de Morelos, quedó establecida una reducción presupuestal en los costos del libro, pasando de 761 mil pesos a 689 mil pesos por su diseño y edición, y de 839 mil a 590 mil 199 pesos por la impresión.
La exfuncionaria presuntamente promovió nuevas prórrogas para terminar con la producción del libro, las cuales fueron rechazadas por Conaculta y el 15 de septiembre de 2015, el Consejo solicitó el reintegro del dinero, ya que el libro no fue realizado.
Durante la imputación, la agente del Ministerio Público destacó que los cuatro exfuncionarios no evitaron que se realizara el pago de 590 mil 199 pesos el 28 de enero de 2016 a Vettoretti Impresores, fuera de los plazos establecidos por Conaculta.
Además, José “N” habiendo renunciado a su puesto el 31 de octubre de 2018 siguió ejerciendo de manera indebida funciones inherentes al cargo que ya no ocupaba, como lo demuestran diversos correos electrónicos, en los que hace llegar archivos relacionados con la producción del libro.
También, entre los datos de prueba consta un pago por 318 mil pesos, gestionados por Manuel “N” y con el visto bueno de Héctor “N”, a favor de Fabricio Hernández López por 318 mil pesos en seis transferencias como pago por la elaboración de los textos generales del libro.
Un dictamen pericial aportado por la Fiscalía Anticorrupción especifica un daño patrimonial por 908 mil 999 pesos por concepto de los pagos realizados y los cuales no se encuentran justificados.
Tras realizar la imputación, la agente del Ministerio Público solicitó al juez como medidas cautelares, la imposición de firma periódica mensual y la prohibición para salir del país, en tanto, se otorgaron 144 horas a la defensa para la audiencia de vinculación a proceso.
De acuerdo con el artículo 20 constitucional, toda persona imputada tiene derecho “a que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa”. (Fuente: Proceso)