Teqroo ordena a Morena a integrar el comité directivo estatal por no cumplir con paridad de género

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- El partido Morena en Quintana Roo deberá, a la brevedad, reponer el proceso de integración de su Comité Directivo Estatal y cumplir con la paridad de sus integrantes, luego que, por mayoría, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocara la resolución que emitiera dicho partido al resolver el Juicio Ciudadano JDC/079/2021 interpuesto por Israel Ernesto Escobedo Díaz contra la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena y la resolución que emitió en el expediente CNHJ-NAL-735-202 y acumulado.

El demandante afirmó que la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia no cumple con el principio de paridad de género en la integración del Comité Ejecutivo Estatal de dicho partido.

En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular en contra por considerar que la parte actora carece de interés jurídico para interponer dicho medio de impugnación y a su parecer, era excesivo establecer un plazo breve para que el partido cumpla con el resolutivo emitido.

Asimismo, el Pleno del Teqroo determinó desechar el Juicio Ciudadano JDC/082/2021 interpuesto por Martha Bella Reyes Mejía en contra del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, por la supuesta omisión de cubrir íntegramente la remuneraciones económicas y extraordinarias que como regidora Presidenta de la Comisión de Salud Pública y Asistencia Social de dicho Municipio, para el periodo constitucional 2018-2021. Los magistrados del Teqroo manifestaron que el Tribunal es incompetente para resolver este tipo de situaciones que plantea la demandante.

Mientras que el Recurso de Apelación RAP/039/2021, que fuera interpuesto por Lorena Elizabeth Ribbon López, quien se ostentó como Presidenta del Comité Ejecutivo Estatal en Quintana Roo del Partido Redes Sociales Progresistas en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por la falta de pago de las ministraciones que corresponden a dicho partido, el Pleno del TEQROO, por unanimidad de votos determinó desecharlo, dado que carecía de legitimidad la promovente para impugnar en representación del citado partido, así como por no haber interpuesto la citada impugnación en los plazos señalados por la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral. (Noticaribe)

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