CHETUMAL, MX.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), declaró, por unanimidad de votos, inexistentes las conductas atribuidas por el partido Movimiento Ciudadano (MC) a María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, en su calidad de Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Benito Juárez, Quintana Roo y, por culpa in vigilando, en contra del partido político Morena que la ha postulado como su candidata a la Gubernatura de la entidad.

En un comunicado, el Teqroo añadió que el fallo resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/006/2022, que fuera promovido por el MC en contra de la alcaldesa y candidata y su partido, por supuestos actos que contravienen las normas de propaganda electoral.

Esta decisión se tomó así, ya que de las pruebas que obran en autos del expediente no fue posible acreditar ni siquiera de forma indiciaría la existencia de las infracciones denunciadas en contra Lezama Espinosa y el partido Morena.

Ello, aunado a que del caudal probatorio ofrecido y aportado por Movimiento Ciudadano, así como de las pruebas recabadas por el Ieqroo, resultan ser insuficientes, no idóneas e ineficaces para probar que los denunciados hayan cometido los actos violatorios a la materia electoral y constitucional.

En otro asunto, el Pleno del Teqroo, ordenó, por mayoría de votos, en sesión pública presencial, modificar el artículo 14 del Decreto 190, aprobado por el Congreso del Estado de Quintana Roo, únicamente en la parte correspondiente al presupuesto autorizado al Instituto Electoral de Quintana Roo.

Esta determinación, la realizó el Pleno al resolver el Juicio Electoral JE/001/2022, que fuera presentado por el Instituto Electoral de Quintana Roo en contra de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Quintana Roo y el decreto 190 que aprueba el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, para el ejercicio fiscal 2022.

En este asunto, el Teqroo ordenó al Congreso del Estado de Quintana Roo para que en un plazo máximo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de su notificación, en ejercicio de sus atribuciones, analice, discuta y emita una nueva determinación debidamente fundada y motivada.

Esto, respecto al Artículo 14 del Decreto 190, únicamente en la parte correspondiente a la asignación de los recursos presupuestales aprobados para el Ieqroo, tomando como base el proyecto de presupuesto aprobado por el Instituto Electoral que asciende a la cantidad de 470 millones 771 mil 441 pesos.

Asimismo, se ordenó al Poder Legislativo, una vez hecho lo anterior, publicar en el Periódico Oficial del Estado el Decreto correspondiente e informar a este Tribunal de las 24 horas siguientes al cumplimiento de lo ordenado.

El Pleno del Teqroo consideró que el no tomar como base de su aprobación el presupuesto autorizado por el Consejo General del Ieqroo, si bien no violenta la autonomía financiera, certeza y legalidad del órgano administrativo electoral, el Congreso del Estado no fundó y motivó las razones técnicas y jurídica sobre el presupuesto otorgado.

En este asunto, el comunicado añadió que la Magistrada Claudia Carrillo Gasca votó en contra del proyecto emitiendo, por su lado, un voto particular razonado. (Infoqroo)

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