Confirman magistrados del Teqroo medidas cautelares del Ieqroo contra Marybel Villegas por consulta de Aguakan y contra candidata a la gubernatura de la coalición ‘Va por Quintana Roo’, Laura Fernández, por dichos contra Mara Lezama

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Con el voto en contra del magistrado Presidente, Sergio Avilés, por mayoría, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó la imposibilidad de que la senadora con licencia y candidata de Morena a diputada de representación proporcional, Marybel Villegas Canché, pueda hacer referencia a la consulta ciudadana respecto a la revocación de la concesión otorgada a la empresa Aguakan en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad, Isla Mujeres y Puerto Morelos.

Al atender el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/017/2022 promovido por Villegas Canché, por mayoría, los magistrados declararon infundados los agravios planteados por la parte actora, ya que en su dicho aduce que el Acuerdo impugnado le restringe su derecho humano a la libertad de expresión y el derecho a la información de la ciudadanía.

Los magistrados establecieron que dicho supuesto no se actualiza en el presente caso, puesto que, contrario a su argumento, no goza de una doble naturaleza, es decir, una de ciudadana y otra de candidata a diputada local, pues pasa por alto que el ejercicio de estas facetas se desarrollan para el logro de distintos objetivos, ya que si bien es cierto los procesos electorales federales y locales ordinarios y las consultas ciudadanas son ejercicios democráticos, los mismos se desarrollan motivados por distintos razones, por ese motivo no se coarta su libertad de expresión.

En cuanto al Recurso de Apelación RAP/020/2022 presentado por los partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional contra las medidas cautelares impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo a la candidata a la gubernatura de la Coalición “Va por Quintana Roo”, los magistrados confirmaron el acuerdo impugnado toda vez que, en apariencia del buen derecho, la conducta atribuida a Laura Fernández excede los límites de su derecho humano a la libertad de expresión, al contener manifestaciones que encuadran en la probable comisión de calumnia, ya que imputó de manera directa a María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, la probable comisión del delito de daños –destrucción de su propaganda-, lo cual pudiera restarle a ésta última adeptos en el actual proceso electoral. (Noticaribe)

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