Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Debido a que no es materia electoral sino que se trata de un hecho netamente político y de organización interna del Poder Legislativo, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró improcedente y desechó de plano el Juicio Ciudadano JDC/031/2022 interpuesto por la diputada Maritza Basurto Basurto, quien se quejó que le negaron el uso de la palabra en el punto 5 de la sesión del 26 de octubre.

Dicha negativa fue resultado de una interpretación que realizó la responsable al artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

En su sesión de este miércoles, los magistrados determinaron que dicha medida adoptada por la Mesa directiva del primer año de ejercicio legislativo no afectó el derecho político electoral de Maritza Basurto a ser electa, en su vertiente de ejercicio efectivo del cargo, por lo que se actualizó la causal de improcedencia prevista en el artículo 31, fracción II, en relación con el 97, ambos de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Es decir, existe una incompetencia material para conocer y pronunciarse en relación a este asunto, dado que la incorrecta interpretación que se alega al artículo 155 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado que regula las intervenciones de las diputaciones, se encuentra dentro de las atribuciones que tiene la Presidenta de la Mesa Directiva, por cuanto a la coordinación de las sesiones del Pleno de la Legislatura, lo cual es de naturaleza meramente administrativa y de organización interna de un órgano legislativo que forman parte del derecho parlamentario y no así un acto de índole electoral que incida en sus derechos Político-Electorales. (Noticaribe)

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