CIUDAD DE MÉXICO, MX.- De las llamadas “corcholatas” del presidente Andrés Manuel López Obrador para competir por la candidatura de Morena a la Presidencia de la República en 2024, Claudia Sheinbaum es la que más viola la ley electoral, publicó El Financiero.
La mandataria capitalina suma 13 sanciones por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), 11 de ellas son inapelables, pues ya son “cosa juzgada”, dos más están en proceso.
A Marcelo Ebrard se le han impuesto dos sanciones, mientras que a Adán Augusto López y a Ricardo Monreal sólo una. En estos tres casos se trata de sentencias firmes.
Sheinbaum también es la corcholata que más confronta al TEPJF, al que ha calificado de parcial, de robar candidaturas e, incluso, de hostigarla por realizar actos de democracia.
Es también la más renuente a acatar fallos del tribunal, al considerar que son injustos y que afectan sus derechos, como la libre expresión de ideas. En más de una ocasión no sólo no ha acatado en tiempo las medidas cautelares que se impusieron, sino que ha sido reincidente.
Seis de las sanciones a Sheinbaum (SUP-REP-248, SUP-REP-362, SUP-REP-416, SUP-REP-470/2022, SUP-REP-490/2022, SUP-REP-758/2022) son por violar la veda electoral con motivo de la revocación de mandato.
Otras cuatro están relacionadas con los procesos electorales de 2021-2022. Uno en Hidalgo (SUP-REP-616/2022), uno en Quintana Roo (SUP-REP-690/2022) y dos en Tamaulipas (SUP-REP-723/2022 y SRE-PSC-202/2022).
En esos casos se acreditaron diversas violaciones, entre ellas la vulneración a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en los procesos electorales, tras el apoyo a los candidatos de Morena en las elecciones del 5 de junio.
Una sanción a Sheinbaum y otros actores políticos (SUP-REP-620/2022) fue por calumnias en agravio de diputados que votaron contra la reforma eléctrica impulsada por el Presidente, a quienes se calificó de traidores a la patria.
Dos sanciones siguen en impugnación. Una por difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido por el proceso de revocación de mandato y otra por uso de recursos públicos y vulneración a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad en la elección de Durango. (Fuente: El Financiero)