CANCÚN, MX.- En una sesión realizada por videoconferencia, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigesimoséptimo Distrito, con sede en esta ciudad, revocó la sentencia dictada por el Juez Tercero de Distrito, quien rechazó la solicitud de amparo realizada por el ex gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, quien recibió en 2021 el auto de formal prisión por el delito de tortura.
Esto significa que debe reponerse el proceso y este juez debe nuevamente evaluar este recurso,
El proyecto del magistrado Leonel Jesús Hidalgo, para este asunto, con expediente 318/2021, fue aprobado por dos votos contra uno. El fallo ordena revocar la sentencia recurrida (205/2021) y reponer el proceso, con el argumento que el documento recibido por ellos carece de la debida firma electrónica por parte de la secretaria del juzgado respectivo.
Por lo anterior, el magistrado consideró innecesario siquiera analizar la sentencia recurrida o los actos reclamados por la parte quejosa.
La sentencia emitida en julio de 2021, y que consta de poco más de 100 hojas, tenía añadida en su parte posterior un oficio sobre su expedición. Al final del mismo sí viene una firma electrónica, pero a criterio del magistrado, ésta firma valida este segundo documento (el oficio) y no la sentencia como tal.
Cabe destacar, que el presidente del Tercer Tribunal Colegiado, José Antonio Belda Rodríguez, se retiró previamente de la sesión, tal informar que estaba impedido de conocer de este asunto. En su lugar, se trajo a Gustavo Salvador Parra Saucedo, secretario del Primer Tribunal Colegiado de Acapulco, para que ejerciera la función de magistrado.
Parra Saucedo se apartó del proyecto, ya que señaló que el documento en cuestión, la sentencia con su respectivo oficio, son ambos un mismo acto jurídico, ya que el oficio solo equivale a la expedición de una copia y no representa un segundo acto judicial autónomo.
Esto fue indirectamente validado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, alegó, pues este órgano conoció de este asunto, por la petición de atracción realizada por una tercera parte. Si bien rechazaron esta atracción, lo hicieron después de un análisis de fondo de la sentencia, lo que no habría ocurrido de no ser válido el documento.
No obstante, el magistrado Jorge Mercado, quien cumplió la función de presidente para esta sesión, concordó con el proyecto, al indicar igualmente que el documento contiene en realidad dos actos, la sentencia y el oficio, separados por una hoja en blanco, y la firma electrónica solo está incluido en el segundo.
También alegó que, si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó este asunto, solo analizó si existían requisitos que ameritaran su intervención, sin detenerse a constatar la legalidad del documento en sí.
De tal forma, se procedió a la votación, siendo este fallo aprobado por dos votos contra uno. Así, por un aparente error procesal, quedó revocada la negativa de amparo, en contra del auto de formal prisión contra el ex gobernador de Puebla. Esta solicitud deberá nuevamente ser sometida a consideración del juez federal respectivo.
Mario Marín Torres es acusado de haber ordenado el traslado en una patrulla policiaca de la periodista Lydia Cacho, desde Cancún hasta Puebla, como un aparente favor hacia el empresario Succar Kuri, acusado de pederastia, luego de una investigación de esta comunicadora.
Una grabación telefónica entre ambos, filtrada a la prensa, reveló cómo el empresario agradecía al entonces gobernador por esta acción, de la que Marín incluso se jactó, al indicar que le había dado “un coscorrón” a la periodista.
El exgobernador fue detenido en febrero de 2021 en Acapulco, y trasladado a Cancún, donde fue vinculado a proceso por el delito de tortura (expediente 21/2021).
Ayer, Lydia Cacho publicó en Twitter un aviso de que hoy se realizaría esta audiencia, aunque con el optimista mensaje de que el ex gobernador sería sentenciado por tortura.
Tanto Mario Marín como Succar Kuri permanecían presos en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de Cancún, pero ambos fueron trasladados en enero; el primero al Cefereso Altiplano, y el segundo al Cefereso de Chiapas. (Agencia SIM)