Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – En tanto se resuelve el fondo de la controversia constitucional interpuesta contra la Décimo Séptima legislatura y la gobernadora, Mara Lezama por el decreto 038 por el que se aprobó el presupuesto de egreso 2023 – y la reducción presupuestal a órganos autónomos -, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedente las medidas cautelares solicitadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) para la suspensión de la reducción del presupuesto para el ejercicio 2023, así como la disposición de que los magistrados puedan ganar más que la titular del ejecutivo.
En el incidente de suspensión del decreto 038, el TSJ solicitó que se le concediera el presupuesto de egresos solicitado para el ejercicio 2023 por un monto de un mil 070 millones 526 mil 949 pesos en lugar de los 714 millones 631 mil 268 pesos autorizados por el poder Legislativo.
Cabe señalar que al presupuesto original solicitado por el TSJ, el poder ejecutivo disminuyó de manera previa 349 millones 092 mil 670 pesos.
O en su defecto “atendiendo el principio de irreductibilidad presupuestaria” se otorgue el presupuesto concedido en el ejercicio 2022 para atender los rubros de materiales y suministros, servicios generales y bienes muebles, inmuebles e intangibles.
De acuerdo con el ministro instructor Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena no se puede otorgar la medida cautelar solicitada por el TSJ de otorgarle el total del proyecto original solicitado ya que forma parte del tema de fondo de la Controversia Constitucional presentada contra la Décimo Séptima legislatura y la gobernadora, Mara Lezama, y se debe analizar en sentencia definitiva.
También negó la medida cautelar solicitada para otorgar recursos para los rubros de materiales y suministros, servicios generales y bienes muebles, inmuebles e intangibles ya que el TSJ no demostró que haya habido una reducción para el ejercicio 2023.
Asimismo, la SCJN consideró que hasta el momento no se observa una reducción a las remuneraciones de los trabajadores del TSJ que impugnó el artículo 41 del presupuesto de egresos el cual establece qué ningún servidor podrá recibir remuneración por el desempeño de sus funciones mayor a la establecida para la gobernadora del Estado.
Si bien el TSJ hace alusión a un oficio – El cual no fue impugnado- en el que se comunica una observación a su tabulador salarial y que nadie podrá ganar más que la gobernadora “no se observa qué haya habido una reducción en las remuneraciones de los servidores públicos integrantes del Poder judicial”.
Incluso señala que para el 2023 el capitulo de servicios personales es de 632 millones 167 mil 172 pesos, similar al del 2022. (Noticaribe)