Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Bajo el argumento de fortalecer al sistema judicial del Estado, integrantes de la Décimo séptima legislatura aprobaron reformas a la estructura y composición de los organismos que integran el Tribunal Superior de Justicia así como en la regulación de la función de los jueces.

Aunque los artículos transitorios no establecen si Heyden Cebada Rivas, presidente del TSJ, podrá beneficiarse de la disposición que permitirá la reelección en el cargo por otros 5 años, ya que fue nombrado con las reglas que se derogarán y que no permiten reelegirse en la presidencia, sino sólo como magistrado.

De acuerdo con la iniciativa aprobada, la reforma reduce a once, en lugar de los 12 existentes actualmente, el número de magistrados integrantes del Tribunal Superior de Justicia y desaparece la figura de los magistrados supernumerarios, estableciendo que las suplencias de los magistrados sean cubiertas por jueces.

Asimismo, se amplia a 15 años el período de gestión de un magistrado, sin derecho a reelección, en lugar de 6 años con derecho a la reelección como están actualmente, y se incluye entre los impedimentos para ocupar el cargo el haber sido Consejero o Consejera Jurídica del Poder Ejecutivo durante el año previo.

Por otra parte, se permite la reelección del magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado por otro período de 5 años.

Asimismo, reduce de 5 a 3 el número de integrantes del Consejo de la Judicatura, al disminuir de 2 a sólo un consejero ciudadano como integrante del Consejo de la Judicatura del Estado, y retira la figura del magistrado consejero, dejando además solamente a un juez consejero y al magistrado presidente del Poder Judicial.

La duración de los consejeros juez y ciudadano no se modifican, seguirán siendo de 2 y 5 años, respectivamente, pero se les quita el derecho a una reelección.

En el caso de los jueces, se establece que si después de 6 años de gestión son ratificados en el cargo, obtendrán la inamovilidad y podrán permanecer en sus labores hasta los 65 años de edad.

De acuerdo con la reforma aprobada se modifica la integración de la Sala Constitucional para que deje de ser unitaria y se convierte en colegiada, con 3 integrantes de nombramiento discontinuo, que ya no sólo será instructora de los expedientes, sino que dictará las resoluciones.

Además, se otorga a los órganos autónomos del estado la facultad de presentar acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales contra normas que consideren violatorias a la constitución local en el ámbito de sus competencias.

También se permitirá la acción de inconstitucionalidad a la tercera parte de los regidores en contra de determinaciones de un ayuntamiento.

Cabe señalar que esta iniciativa fue dictaminada el 19 de diciembre en la Comisión de Puntos Constitucionales, integrada por el diputado Ricardo Velasco y la diputada Elda Xix Euán, de Morena, las diputadas del PVEM Susana Hurtado Vallejo y Yohanet Torres Muñoz, y presidida por el presidente d ela Jugocopo, Humberto Aldana Navarro. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook