Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Los candidatos y las candidatas a las presidencias municipales y diputaciones locales tendrán que cumplir con la Ley 3 de 3 que establece no haber sido condenado por violencia política contra las mujeres en razón de género, por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal; contra la vida y la integridad corporal, feminicidio, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual y no haber sido declarada como una persona deudora alimentaria morosa, para poder contender en este proceso electoral 2023-2024.
Los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) aprobaron por unanimidad que, además de la revisión de la presentación de la declaración bajo protesta de decir verdad de que cumplen con lo establecido en la Ley 3 de 3 contra la violencia de género, llevarán a cabo una serie de acciones para verificar que las candidaturas no se encuentren en algunos de los supuestos anteriores.
En el proceso de valoración del cumplimiento de dicha normatividad, el Instituto llevará a cabo la compulsa ante las autoridades correspondientes para la verificación del requisito de elegibilidad relacionado con la violencia contra las mujeres (Ley 3 de 3).”
De ahí que este Consejo General estima dable establecer los parámetros para verificar el cumplimiento de la medida “3 de 3 contra la violencia de género” de las candidaturas postuladas para contender en la elección de diputaciones locales y de ayuntamientos en el Proceso Electoral Local 2024.
Durante la sesión de este jueves, el consejo general también aprobó las ponderaciones anuales de las direcciones de Organización, de Partidos Políticos y de Cultura Política para efectos del resultado de la evaluación trianual del desempeño del personal del SPEN del sistema OPLE correspondiente al ciclo de septiembre 2023 a agosto de 2026, adscritos al Instituto Electoral de Quintana Roo. (Noticaribe)