CIUDAD DE MÉXICO, MX.- La vicecordinadora de Morena en la Cámara de Diputados, Aleida Alavez, presentó la denuncia de juicio político en contra del ministro Alberto Pérez Dayán y lo acusa de incurrir en una violación grave a la Ley de Amparo y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en su determinación contra la reforma eléctrica del presidente Andrés Manuel López Obrador, publicó latinus.us.
En entrevista posterior a la presentación de la demanda ante la Secretaría General de San Lázaro, la diputada Alavez aseguró que el ministro interpretó ilegalmente la Ley de Amparo, cuando la Segunda Sala declaró la inconstitucionalidad de siete artículos de la Ley de la Industria Eléctrica el pasado primero de febrero.
“Estos temas son de relevancia nacional, de interés, por lo que implica ese sector estratégico para la economía del país y que no puede pasar desapercibida la actuación de los ministros en sus procesos internos”, expresó.
La vicecoordinadora de Morena criticó que “ellos se dan el lujo de decir lo que hacemos y no en la cámara, en nuestros procedimientos”.
“Es un desaseo el que tienen en los procedimientos en la Corte para analizar temas delicados”, enfatizó.
La resolución promovida por el ministro Pérez Dayán permitió que seis empresas puedan ampararse en contra de artículos vigentes del 10 de marzo de 2021 que favorecen a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre los privados que generan energía eléctrica.
La legisladora de Morena afirmó que el ministro debió apegarse a lo que establece el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para casos de desempate en las Salas de la Corte, porque omitió dos pasos al emitir su voto de calidad contra la reforma eléctrica del mandatario.
“Como primer paso, quien presida la sala turnará el asunto a un nuevo ministro para que formule un proyecto de resolución que tome en cuenta las exposiciones hechas durante las discusiones”, abundó.
Aleida Alavez detalló que como segundo paso, de prevalecer el empate, la ministra presidenta Norma Piña, deberá nombrar por turno a un integrante de otra sala, “para que asista a la sesión correspondiente únicamente con la finalidad de emitir su voto”.
“Y sólo como tercer paso, si aun con la intervención de este ministro o ministra nombrado por la presidencia de la Corte tampoco hubiera mayoría, entonces sí, el presidente o presidenta de la sala tendrá voto de calidad”, concluyó. (Fuente: latinus.us)