Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Debido a que fue presentada de manera extemporánea, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desecharon el recurso de revisión interpuesto por la gobernadora, Maria Elena Hermelinda Lezama Espinosa contra una sentencia de la Sala Regional Especializada que determinó existentes los actos anticipados de precampaña y campaña así como la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad atribuidos a distintas personas del servicio público, dirigentes y simpatizantes del partido Morena con motivo de su asistencia y participación en un evento realizado el domingo 26 de junio del 2022 en el estado de Coahuila organizado y convocado por Morena.
La sentencia de la Sala Regional Especializada ordenó dar vista al congreso de Quintana Roo para que se determine lo conducente lo anterior en cumplimiento a la sentencia del recurso SUP-REP-145/2023.
Durante su sesión realizada el miércoles, los magistrados del TEPJF atendieron los recursos de revisión del Procedimiento Especial Sancionador interpuestos por el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado Carrillo; el partido Morena,, el PRD, Claudia Sheimnbaum Pardo, Jorge Álvarez Maynez y la gobernadora de Quintana Roo.
En el caso del SUP-REP-274/2023 interpuesto por Lezama Espinosa, el proyecto de acuerdo propuso desechar dicho recurso ya que se presentó en forma extemporánea.
En la propuesta de sentencia se encontraron fundados los agravios en cuanto a la reincidencia ya que la responsable en forma indebida tuvo acreditados dichos elementos a partir de los hechos y a partir de procedimientos ajenos a la conducta infractora y al bien jurídico tutelado lo que impactó en la calificación de la falta en la imposición de la sanción.
En cambio, calificó de infundados e inoperantes las restantes alegaciones expuestas en uno de los proyectos de la cuenta y propuso revocar parcialmente la sentencia controvertida para los efectos precisados en las consultas. (Noticaribe)