Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Debido a que se encuentra sancionado e inscrito en el Registro Nacional y Estatal por Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG) hasta septiembre de 2026, magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificaron que Luis Gamero Barranco no cumple el requisito de elegibilidad por lo que no puede ser candidato a cargo de elección popular en el proceso local 2024.
Durante la sesión del Pleno, los magistrados atendieron el recurso SX-JDC-162/2024 interpuesto por Gamero Barranco contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Quintana Roo (Teqroo) emitida en el expediente JDC/002/2024 que, a su vez, confirmó el acuerdo IEQROO/CG/A- 091/2023 del Instituto Electoral (Ieqroo) mediante el cual dio respuesta a la consulta realizada por el actor respecto a su registro como candidato a una diputación bajo el principio de representación proporcional.
Gamero argumentó que su derecho a ser votado se encontraba restringido por incumplir con el requisito de elegibilidad previsto en la fracción V, del artículo 17 de la Ley Electoral Local, consistente en no estar inscrito en los registros de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG).
Los magistrados de la Sala Regional Xalapa desestimaron los agravios presentados por Gamero Barranco dado que, como lo señaló el Teqroo, se encuentra inscrito en el registro estatal de personas sancionadas por VPG por un plazo de cinco años cuatro meses, concluyendo dicha inscripción hasta el 20 de septiembre de 2026. Por lo cual, no puede ser electo a un cargo de elección popular.
De acuerdo con la sentencia, Gamero Barranco incumple el requisito de elegibilidad por estar sancionado e inscrito en el Registro Nacional y Estatal de Personas sancionadas por VPMRG. (Noticaribe)