Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Por considerar que los derechos políticos de las presidentas municipales con licencia de Othón P. Blanco, Yensunni Martínez Hernández y de Felipe Carrillo Puerto, Maricarmen Candelaria Hernández Solís fueron violentados, por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinó imponer una amonestación pública en contra de Germán de Francisco González González, candidato del PAN en la coalición Fuerza y Corazón por Quintana Roo por el delito de calumnia y en contra de José Esquivel Vargas por el delito de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG) y ordenó su inscripción en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas por un período de 18 meses además que deberá emitir una disculpa pública.

En su sesión de este lunes, la ponencia de la magistrada Claudia Carrillo Gasca atendió el Procedimiento Especial Sancionador 42 interpuesto por Yensunni Martínez, en su calidad de presidenta municipal de Othón P. Blanco, contra el candidato del PAN, Germán de Francisco González González por el delito de calumnia por la difusión de un video en redes sociales.

Del análisis de las pruebas presentadas, la ponencia determinó que el video publicado por Germán González contiene imágenes y expresiones que demeritan la imagen de Yensunni González en su calidad de presidenta municipal además que hubo malicia en la emisión del video por lo cual determinó que hay calumnia y determinó imponer una amonestación pública. Además, instruyó al Ieqroo para que ordene sea retirado de redes sociales dicho video.

En el Procedimiento Especial Sancionador interpuesto por la presidenta municipal de Felipe Carrillo Puerto, Maricarmen Candelaria Hernández Solís contra José Esquivel Vargas, el Teqroo determinó que hubo Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género ya que del análisis de una entrevista hecha por el inculpado a un medio de comunicación se encontraron elementos que buscaron demeritar la actuación de Maricarmen Candelaria Hernández Solís como alcaldesa de Morena y poner en entredicho su desempeño como servidora pública por pertenecer a la comunidad de la diversidad sexual.

El proyecto determinó que en dicha entrevista se observaron estereotipos de género por lo que determinó imponer una amonestación pública contra Esquivel Vargas y como medida de satisfacción ofrecer una disculpa pública y abstenerse en lo sucesivo a hacer referencia alguna contra la alcaldesa. Además, ordenó inscribir el nombre de José Esquivel Vargas en el Registro estatal y nacional de personas Sancionadas por el delito de VPMRG por un período de 18 meses.

Asimismo, dar vista al IQM para que dentro de sus facultades facilite a la otrora presidenta municipal de Felipe Carrillo Puerto la ayuda psicológica necesaria, publicar en la página oficial del TEQROO la sentencia por un período de 15 días y dar vista a la FGE para que en el ámbito de sus funciones realice los procedimientos conducentes.

Durante la sesión, los magistrados del TEQROO atendieron los recursos de Apelación interpuestos por el partido Morena contra diferentes acuerdos del Ieqroo mediante el cual determinó la procedencia del registro de las planillas de candidatos a las presidencias municipales del PRD.

El Pleno determinó desechar dichos recursos de apelación por improcedentes ya que los acuerdos del Ieqroo obedecen al cumplimiento de una sentencia de la Sala Regional Xalapa del TEPJF que a su vez revocó la sentencia del TEQROO que determinó improcedente esos registros hechos con el plazo extraordinario de 12 horas para el cumplimiento de acciones afirmativas de discapacidad, de jóvenes, de la diversidad sexual, entre otros. (Noticaribe)

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