CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El Tribunal Electoral confirmó que Eliseo Fernández es prófugo de la justicia y tiene órdenes de aprehensión en su contra por delitos graves, por lo que validó la cancelación definitiva de su candidatura al Senado por Movimiento Ciudadano, publicó Milenio.
A pesar de que desde hace semanas se resolvió esta decisión a nivel local y desde el pasado 9 de mayo el Instituto Nacional Electoral sustituyó esa candidatura, el emecista sigue promoviéndose en redes sociales mediante inteligencia artificial que lo muestran con imágenes de Campeche de fondo, pues desde hace semanas abandonó el país.
En sus tuits incluso, le habla a las y los campechanos con mensajes como “les extraño mucho, ya quiero verlas”, “a mi llegada les ayudaré”, confirmando que no se encuentra en Campeche ni en el país, por lo que a pesar de la impugnación de Movimiento Ciudadano para mantener esta candidatura que es la segunda vez que recibe una cancelación, la Sala Superior confirmó su estatus de prófugo, que tiene suspendidos sus derechos políticos-electorales y que por lo tanto, no puede aspirar a un cargo público.
El proyecto de la magistrada Mónica Soto determinó que los alegatos de Movimiento Ciudadano son infundados porque la Sala Regional Xalapa sí tomó esta decisión conforme a derecho.
“El análisis realizado por la Sala responsable es conforme al criterio sostenido por este órgano jurisdiccional respecto a que la suspensión de los derechos de la ciudadanía se actualiza de manera inmediata cuando concurren los elementos consistentes en la existencia de una orden de aprehensión sin que haya prescrito la acción penal y que la persona se encuentre prófuga de la justicia, en cuyo caso no es necesario que medie una declaratoria emitida por autoridad penal competente que así lo determine. De ahí que en el caso, ante la suspensión de las prerrogativas políticas de la persona recurrente esta resulta inelegible, tal como lo concluyó la responsable”.
Como en el caso del ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón se quedó en solitario en defensa de estos dos excandidatos considerados prófugos de la justicia, porque sostuvo que no basta con tener órdenes de aprehensión.
“No solo se requería la existencia de una orden de aprehensión no cumplida, sino que debía demostrarse la existencia de actos materiales positivos, respecto de la evasión y así considerar que la persona realmente se fugó”.
Sostuvo que el supuesto de estar prófugo de la justicia, se actualiza “siempre y cuando la persona ya compareció a la audiencia inicial y le informaron de los delitos que se le atribuyen, posteriormente se tiene que actualizar alguna de las situaciones siguientes:
“Que no comparece una situación judicial posterior a esa imputación de la audiencia inicial. Que se fugó del establecimiento o lugar donde esté detenido y que eso esté demostrado materialmente o que se ausentó de su domicilio, sin aviso, teniendo la obligación de dar ese aviso. Y cuando se actualiza este supuesto, se requiere, además, la declaración de sustracción emitida por el juez penal correspondiente”.
Sin embargo, sólo con su voto en contra, la Sala Superior determinó que el excandidato de Movimiento Ciudadano a la gubernatura de Campeche no puede asumir la candidatura al Senado porque está en el supuesto de ser un prófugo de la justicia.
El caso de Fernández Montufar se ha pasado en tribunales pues primero, el INE canceló el registro porque Movimiento Ciudadano incumplió con la paridad y al ignorar los requerimientos de la autoridad electoral, ésta determinó sustituir las candidaturas en las entidades más competitivas: Campeche y Jalisco. Lo que afectó a Eliseo.
El partido llegó a la Sala Superior que le dio la razón para que por autoorganización, decidiera cuáles candidaturas sustituir para cumplir con la paridad y ordenó al INE devolver la candidatura a Eliseo Fernández e incluso, reimprimir las boletas al Senado en esa entidad para que él apareciera.
Sin embargo, ahora por un motivo diferente, la candidatura se le vuelve a cancelar, esta vez en definitiva por tener órdenes de aprehensión por operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa. (Fuente: Milenio)