Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Debido a que no encontraron elementos para determinar una sobreexposición de imagen de la gobernadora, Mara Lezama, en diversas publicaciones, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró infundada la queja del PRD contra la negativa de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo de aplicar medidas cautelares y que se eliminara la información.
A propuesta de la ponencia del magistrado presidente Sergio Avilés Demeneghi, por unanimidad, el Pleno declaró infundado e inoperante el argumento del PRD en el Recurso de Apelación RAP/098/2024 de un supuesto agravio al acceso de una justicia pronta y expedita y de una exhaustividad y definitividad en el análisis de la queja.
La ponencia del magistrado Sergio Avilés determinó correcto el análisis hecho por el Ieqroo sobre la publicidad gubernamental ya que del análisis no se encontraron elementos que permitan presumir una sobreexposición de la gobernadora “porque son actividades que realiza y su asistencia a diversos eventos corresponden al cargo que desempeña con el propósito de informar a la ciudadanía”.
En cuanto a los medios de comunicación que publican la información de la gobernadora, el Teqroo determinó que corresponde al término de notas periodísticas y se encuentran protegidas por la libertad de expresión sin que haya pruebas encaminadas a desvirtuar la licitud de las mismas.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador 55 /2024 promovido por Movimiento Ciudadano contra Diego Castañón en su calidad de presidente municipal de Tulum, el Teqroo declaró inexistentes las conductas denunciadas respecto a la difusión de información en tiempo prohibido.
También a propuesta del magistrado presidente, el Teqroo determinó que la información difundida corresponde al período de campaña ordinario en su calidad de candidato a la presidencia municipal y no de presidente municipal en funciones
En cuanto al uso de imágenes de menores de edad en su propaganda electoral, el Teqroo determinó que las apariciones de menores de edad fueron incidentales y están difuminadas de acuerdo con los lineamientos establecidos por el INE. (Noticaribe)