CIUDAD DE MÉXICO, MX.- Por unanimidad de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como válido que el Congreso de Nuevo León continúe el juicio político abierto contra el gobernador Samuel García Sepúlveda, por presuntas irregularidades en su administración, publicó Expansión Política.

Sin embargo, el mandatario emanado del partido Movimiento Ciudadano (MC) podrá mantenerse en el cargo.

En enero del 2023, la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León avaló un juicio político en contra García Sepúlveda, por la supuesta omisión para publicar decretos y retraso en la entrega del Presupuesto de ese año.

Durante la sesión de este martes, el pleno invalidó el artículo 203, párrafo segundo, de la Constitución del Estado de Nuevo León, en su porción: “el acusado queda por ese solo hecho separado de su cargo…”.

Con ello se facultaba al Congreso local, en su calidad de órgano acusador, para separar de su encargo a un servidor público acusado en un juicio político, en este caso, al mandatario emecista.

Para los ministros, esa facultad implicaba realmente imponer una sanción, cuya aplicación es competencia exclusiva del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, como jurado de sentencia, al resolver en definitiva el juicio político.

Validan acuerdo

En contraste, el Pleno validó el Acuerdo de 31 de enero de 2023, dictado por la referida Comisión, por el que se determina que es procedente la denuncia de juicio político presentada en contra del titular Samuel García.

Lo anterior, al considerar que no está afectado de vicios de inconstitucionalidad.

La Corte determinó además que es infundado el concepto de invalidez hecho valer por García Sepúlveda, en el sentido de que la Ley de Juicio Político local carece de validez, al no haber sido refrendada por el titular de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado.

Los ministros señalaron que la Constitución de la entidad prevé que, para la publicación de las leyes, los decretos que las contengan deben ser firmados por el gobernador del Estado, el secretario general de gobierno y el secretario del despacho que corresponda, siendo este último el que principalmente realiza las atribuciones legales que son materia de la ley o decreto en cuestión.

La Contraloría no tiene competencia dentro del procedimiento de juicio político, mientras que la legislación aplicable no prevé la participación de alguna Secretaría de Estado en específico.

En consecuencia, para la validez de la norma señalada, solo se requería de las firmas del gobernador y del secretario general de Gobierno. (Fuente: Expansión Política)

Comentarios en Facebook