Amonesta el Teqroo a candidato de MC a la presidencia municipal de Cozumel y al propio partido por colocar propaganda en zona turística

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Las acusaciones contra Lili Campos Miranda, candidata de la coalición Fuerza y Corazón por Quintana Roo a la presidencia municipal de Solidaridad por el presunto uso de recursos públicos para promoción personalizada fueron declaradas inexistentes; por otro lado, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) amonestó a Roberto Alan Marín Flores candidato a presidente municipal de Cozumel de Movimiento Ciudadano y al propio partido por la pinta de propaganda electoral en zona turística.

Este martes, el Teqroo atendió el Procedimiento Especial Sancionador PES/058/2024 interpuesto por el PRI en el cual se acreditó la existencia de la propaganda denunciada, misma que es atribuible tanto al candidato como a Movimiento Ciudadano, ya que es posible advertir y sostener que es la persona directamente beneficiada con la propaganda electoral realizada en zona prohibida.

En la misma sesión atendió el Procedimiento Especial Sancionador PES/064/2024 interpuesto por el partido Morena contra Campos Miranda en su calidad de Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Solidaridad y candidata por la vía de reelección, por supuestas infracciones de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, las cuales, a decir del quejoso, trasgredieron los principios de equidad e imparcialidad del proceso electoral local 2024.

En su análisis el Teqroo determinó que de las publicaciones realizadas e imágenes no se advirtió que existan elementos de promoción personalizada, así como tampoco el uso indebido de recursos públicos, por lo que no transgrede el principio de equidad en la contienda, como lo pretendía hacer valer el partido actor.

En la sesión pública realizada por videoconferencia, por unanimidad de votos, el Pleno desechó de plano el Recurso de Apelación RAP/105/2024 y su acumulado RAP/106/2024, debido a que el acto impugnado quedó sin materia, ya que el 24 de mayo, la Sala Xalapa del TEPJF, en el expediente SX-JDC-466/2024 y su acumulado SX/JDC/483/2024, resolvió revocar la sentencia controvertida a efecto de dejar subsistente el acuerdo IEQROO/CG/A-105-2024, emitido por el Consejo General del IEQROO en lo que fue materia de controversia local y en consecuencia restituyó el registro de la candidatura otorgada a José Luis Toledo Medina, por la acción afirmativa de discapacidad a la sindicatura propietaria de la planilla del ayuntamiento de Solidaridad, postulada por la Coalición “Fuerza y Corazón por Quintana Roo”.

Estos recursos fueron presentados por Carlos Antonio Flores Mont, en su calidad de representante suplente del Partido Acción Nacional ante el Consejo Distrital IX y Guadalupe Leal Uc, en su calidad de representante suplente de dicho partido ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO).

De igual manera, el Pleno declaró por unanimidad de votos inexistentes las conductas denunciadas por el Partido Político Morena en contra del creador de contenido digital Franklin González, por la supuesta comisión de conductas consistentes en violencia política y calumnia electoral, a través de la red social Facebook, en perjuicio de José Luis Chacón Méndez, candidato propietario a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Cozumel, postulado por la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, así como del Partido Morena.

Esto, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/059/2024, entre otras cuestiones, porque al realizar el análisis integral del material probatorio aportado por el partido actor, consistentes en 6 links de internet, mismos que fueron constatados por la autoridad instructora, mediante el acta circunstanciada respectiva, no se acreditaron las conductas denunciadas. (Noticaribe)

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