Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX. – Debido a que la etapa de campaña electoral ya concluyó y es jurídicamente imposible reparar el acto reclamado, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desechó el Recurso de Apelación (RAP/116/2024) interpuesto por la otrora candidata a la presidencia municipal de Solidaridad por la vía de la reelección, Lili Campos Miranda, contra el acuerdo 179 de la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo.
Durante la sesión de este jueves, de acuerdo con la ponencia del magistrado presidente Sergio Avilés Demeneghi, la pretensión de la otrora candidata es prácticamente imposible reparar el acto reclamado toda vez que la etapa de campaña ha concluido por lo cual se determinó desechar el recurso de apelación. Asimismo, durante la sesión, el Pleno también determinó inexistente la supuesta violación a la normativa electoral por parte de la otrora candidata de Morena dentro de la coalición Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo, Yensunni Martínez Hernández por la colocación de propaganda electoral en tiempo de veda electoral.
Al atender el Procedimiento Especial Sancionador 085/2024 interpuesto por el PAN contra Yensunni Martínez y la coalición por culpa in vigilando la ponencia de la magistrada en funciones, Mahogany Acopa, determinó que según las pruebas presentadas no se acreditaron los elementos y finalidades para determinar una responsabilidad.
Si bien la propaganda denunciada existe la ponencia determinó que no hay pruebas para establecer que se haya colocado en tiempo de veda electoral y había la presunción de que la hayan colocado en tiempos electorales. (Agencia SIM)