Confirma Teqroo validez de la elección y constancias de mayoría entregadas a diputados y diputadas electas en los distritos 10, 12, 13 y 15 en los pasados comicios del 2 de junio

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Tras determinar que el proceso de recepción y cómputo de la elección fue realizado por las personas legalmente acreditadas en la normatividad electoral, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró la validez de la elección de las Diputaciones en los Distritos Electorales 15, 13, 12 y 10 así como la entrega de constancias que fueron impugnadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) a través de sendos juicios de nulidad.

El Teqroo resolvió los juicios de nulidad 1,3 ,4 y 6 interpuestos por el PRD para anular el resultado de casillas en dichos distritos con el argumento de que la recepción o el cómputo de la votación fue hecho por personas u órganos distinto a los facultados por la legislación correspondiente; aunque dichos argumentos fueron declarados no válidos.

De esta manera, el Teqroo confirmó la validez de la elección así como la constancia de mayoría entregada a José María Chacón Chablé como diputado electo por el distrito 13 y de Silvia Dzul Sánchez, por el distrito 12, postulados por la coalición “Sigamos Haciendo Historia por Quintana Roo” así como también la de Saulo Aguilar Bernés por el distrito 15 en su carácter de propietario y José Tomas Medina Chan, en su calidad de suplente y de María José Osorio Rosas, en su carácter de propietaria y María Guadalupe Cernas Pulido, en su calidad de suplente por el distrito 10.

En las sesiones, los magistrados del Teqroo impusieron una amonestación pública a José Luis Toledo Medina, en su calidad de entonces candidato a la sindicatura propietaria del Ayuntamiento de Solidaridad y a los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, a través de la figura de culpa in vigilando, por la vulneración a las reglas de la propaganda electoral consistente en la incorporación de imágenes de menores de edad, sin contar con la autorización correspondiente.

Asimismo, el Pleno por unanimidad de votos declaró la inexistencia de las conductas denunciadas en los expedientes PES/072/2024, PES/086/2024 y PES/089/2024, respectivamente.

De igual manera, el Pleno declaró por unanimidad de votos la inexistencia de las infracciones denunciadas por parte del Partido Revolucionario Institucional, en contra de Blanca Merari Tziu Muñoz, en su calidad de ex candidata propietaria a la Presidencia Municipal de Puerto Morelos, por la supuesta promoción indebida e ilícita de su imagen política en redes sociales, a través de los logros del gobierno municipal poque en las pruebas técnicas aportadas por el partido quejoso, consistentes en imágenes, no se desprende elemento alguno, material o jurídico que permitan a este Tribunal determinar que la denunciada haya incurrido en alguna falta o cometido alguna violación en materia electoral ni a la norma constitucional. (Noticaribe)

 

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