Declara el Teqroo inexistente los elementos presentados por el PRD contra la Gobernadora por presuntas violaciones a la normativa electoral durante el pasado proceso electoral

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. Debido a que no encontraron elementos para determinar que incurrió en violaciones en materia electoral, magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declararon inexistentes las quejas interpuestas por el PRD en contra de la gobernadora, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.

Durante su sesión nocturna del viernes, el magistrado y las magistradas atendieron el Procedimiento Especial Sancionador 159/2024 interpuesto por el PRD contra Mara Lezama por presunta promoción personalizada, uso de recursos públicos y publicidad en tiempo de campaña; aunque determinaron que, según las pruebas analizadas, no encontraron elementos para determinar la existencia de presuntas irregularidades.

Mientras tanto, el Pleno ordenó por unanimidad de votos reenviar al Ieqroo el PES/157/2024, también interpuesto por el PRD contra Lezama Espinosa, para que, a la brevedad, la autoridad instructora lleve a cabo las diligencias necesarias, a fin de que el Tribunal cuente con todos los elementos para emitir una resolución con total apego a derecho.

Durante la sesión, el Pleno determinó imponer una amonestación pública al entonces candidato a la Presidencia Municipal de Cozumel, Roberto Alan Marín Flores, y al Partido Movimiento Ciudadano por culpa in vigilando al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/122/2024, que presentó el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del entonces candidato y el partido político que lo postuló, por la presunta vulneración a las reglas de propaganda electoral, por la colocación de esta en zona turística.

El Teqroo declaró existentes las conductas denunciadas, toda vez que, de acuerdo al caudal probatorio que existe en el expediente y a través de los requerimientos y demás diligencias llevadas a cabo por la autoridad investigadora, fue posible corroborar que las lonas denunciadas sí constituyen propaganda electoral en favor de los denunciados, pues cuentan con elementos y frases alusivas a estos, en referencia al proceso electoral; aunado a que fueron fijadas dentro del periodo de campaña. Además, se acreditó su colocación en zona prohibida por ser área turística. (Noticaribe)

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