Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- En medio de una votación dividida de consejeros que consideraron que el proyecto presentado por la dirección de partidos políticos carecía de exhaustividad, no estaba fundamentado ni motivado, el consejo general del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) declaró por mayoría de 4 contra 3 improcedente la solicitud de registro del Partido de la Revolución Democrática (PRD) como partido político local tras la pérdida de su registro como partido político nacional.

Los consejeros Adrián Sauri Manzanilla, Claudia Ávila Graham y Salome Medina consideraron que la propuesta aprobada no ponderó el derecho que tienen los ciudadanos de asociarse para participar en la actividad política.

En sesión extraordinaria, los consejeros argumentaron discrepancia de criterios tomados en acuerdos de 2021 para otorgar y negar las solicitudes de registro como partido político local del partido Fuerza por México -que perdió su registro como partido político nacional – y del partido PES con el acuerdo presentado para negar el registro al PRD como partido político local.

Los consejeros que votaron contra el acuerdo de negarle el registro al PRD como partido político local sustentaron su postura en el hecho que la dirección de partidos políticos no realizó el análisis del resultado de la votación obtenida en la elección inmediata anterior de presidentes municipales y diputados locales para establecer haber obtenido el tres por ciento de votación.

Sin embargo, la consejera presidenta Rubí Pacheco Pérez reconoció que esta solicitud del PRD de obtener el registro como partido político local es un caso extraordinario que no está contemplado en la ley local y que será facultad de los diputados emitir la norma obligatoria para atender este tipo de casos.

Dijo que este acuerdo aprobado no vulnera el derecho de los ciudadanos para organizarse y votar y ser votado “esta cuestión de heredar el beneficio de partido político nacional que pierde su registro y optar por partido político local no está establecido en la ley local”.

Por mucho que se citen criterios de salas regionales y la Suprema Corte de Justicia de la Nación que dice que se debe tomar en cuenta la elección de la gubernatura y diputados locales para determinar la procedencia de solicitud de registro de un partido político como local “en este caso se analizó la elección de diputados donde el PRD no alcanzó el tres por ciento de la votación requerida para obtener el registro como partido político local”. (Noticaribe)

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