TRAS SENTENCIA DEL TEQROO QUE REVOCA REGIDURÍA A KIRA IRIS: Disiente presidenta del Ieqroo de decisión de la instancia superior pues “quien debe asumir la regiduría en caso de ausencia del propietario es la suplente”; acuerdo del Teqroo es impugnable

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Tras la decisión del Teqroo de revocar la décima regiduría que ostentaba Kira Iris como suplente de Lili Campos Miranda en el cabildo de Solidaridad y ordenar sea restituida en el cargo Danna Ramírez Saldaña, la presidenta del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), Rubí Pacheco Pérez consideró necesario conocer a detalle los argumentos de la instancia jurisdiccional para tomar dicha determinación toda vez que el proceso se realizó conforme a lo establecido en la Ley Electoral e incluso en la Ley de Municipios que de manera reciente fue objeto de una reforma.

Aclaró que este asunto no termina con la sentencia del Teqroo, la cual forma parte de la cadena impugnativa, sino que puede llegar a la sala regional Xalapa e incluso hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) si la actual regidora (Kira Iris) a quien le revocaron la regiduría “decide impugnar como agraviada en este caso”.

Reiteró que, de acuerdo con la ley y la Ley de Municipios, quien debe asumir la regiduría que deja vacante el o la propietaria (en este caso Lili Campos Miranda) es la suplente e incluso dijo que el Ieqroo analizó y dictaminó casos similares en Benito Juárez y Othón P. Blanco durante la separación temporal de los titulares que buscaron la reelección.

Sin embargo, aclaró la necesidad de conocer a fondo los argumentos del Teqroo para revocar la determinación del cabildo de Solidaridad para retirarle la regiduría a Kira Iris y dársela a Danna Ramírez.

En el caso del partido MAS, la consejera presidenta del IEQROO dijo que acatarán la decisión del Teqroo y restituirán los derechos del partido político local y su espacio en el consejo general del órgano administrativo.

Defendió la decisión del Ieqroo de retirarle el registro al MAS como partido político local ya que no alcanzó el 3 por ciento establecido en la ley en la última elección que corresponde al 2024 para diputados locales y presidentes municipales “aunque el partido pretendió que se tomaran en cuanta los resultados obtenidos en la elección, pero a la gubernatura del 2022”.

Sin embargo, aclaró que también este este caso pueden existir terceros interesados o personas con interés jurídico que pueden impugnar la sentencia del Teqroo. (Noticaribe)

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