Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- Tras considerar que la naturaleza de la plataforma digital y los servicios similares que presta no encajan dentro de la definición de transporte público, el tercer tribunal colegiado con sede en Cancún otorgó el amparo solicitado por UBER para trabajar en la entidad sin la necesidad de contar con una concesión otorgada por el Estado, tal y como lo establece la reforma a la Ley de Movilidad.
Al resolver el juicio de amparo 530/2023-VII y su acumulado 802/2023 presentado desde el 23 de mayo de 2023, la autoridad judicial declaró inconstitucional la Ley de Movilidad y su reglamento, de manera particular el contenido del artículo 148 capítulo séptimo que obliga a las plataformas digitales a contar con una concesión para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
El juez determinó que el servicio público de transporte individual de pasajeros es distinto al servicio privado que se contrata a través de personas morales que medien o promueven la prestación del servicio a través de plataformas digitales.
De manera tal que se determinó que el servicio que se contrata a través de personas morales que ofrecen el servicio de transporte de pasajeros a través de plataformas digitales se considera privado “ya que no se presta en forma regular, permanente, continua e ininterrumpida, como lo impone la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, pues ésta establece de manera expresa que el servicio público de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales que se presta en el Estado de Quintana Roo, deberá satisfacer la necesidad colectiva de movilidad, de manera continua, uniforme, segura y de calidad, y sólo podrá ser prestada a través de concesión expedida por la autoridad competente”.
De esta manera, el tercer tribunal colegiado determinó que UBER puede prestar el servicio en la entidad sin necesidad de una concesión.
Cabe recordar que, desde el 21 de agosto de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo, también a favor, de UBER al considerar que el servicio que presta en los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos y Leona Vicario son de índole privado por lo que no requiere de una concesión lo que permitió, en teoría, que la plataforma digital podía trabajar en forma libre en Quintana Roo.
A pesar de dicha disposición, choferes de los diferentes sindicatos de taxistas en la zona norte de la entidad comenzaron prácticamente una cacería contra las unidades de UBER ocasionado enfrentamientos físicos a pesar de que el Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo) dio a conocer que se aplicarían sanciones contra los taxistas agresores y se les quitaría la concesión una vez que la fiscalía general del Estado resuelva las denuncias interpuestas. (Noticaribe)