EL CUENTO DE LA REDISTRITACIÓN: Formaliza Ieqroo petición para que el IFE proporcione nuevo mapa electoral

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CHETUMAL, MX.- A nueve días de recibir la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) donde se revocó la redistritación aprobada en 2012, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) aprobó solicitar al Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral (IFE), con carácter de urgente y a la brevedad posible, modificar la cartografía federal en relación con las tres secciones donde están las 16 comunidades que deberán ser excluidas del mapa electoral de Quintana Roo.
La petición se formalizó con base en que sólo el IFE tiene la facultad constitucional y legal para modificar la cartografía de secciones electorales, pues es de elaboración federal, y el Ieqroo no está facultado para modificar o alterar la cartografía electoral a nivel de secciones electorales y localidades.
En el acuerdo también se aprobaron los pasos del procedimiento para elaborar el nuevo mapa distrital sin las 16 localidades en conflicto, pero sólo se dio cumplimiento a dos de ellos, que son la solicitud de la nueva cartografía al IFE y la convalidación del diseño conceptual, el modelo matemático y los criterios para la presentación de las observaciones y propuestas de los partidos políticos en la redistritación.
En tanto, los demás pasos del procedimiento quedaron pendientes hasta que el IFE modifique las secciones electorales de la zona limítrofe con Campeche.
En sesión extraordinaria realizada a las 19:00 horas en la sede del IEQROO, el Concejo General facultó al Consejero Presidente del Ieqroo, Jorge Manriquez Centeno, para que gire en forma inmediata el oficio correspondiente al Registro Federal de Electores del IFE, para eliminar de la cartografía electoral las comunidades de Santa Rosa, El Tesoro, Los Alacranes, Nuevo Veracruz, José María Morelos (Civalito), Josefa Ortiz de Domínguez, Arroyo Negro, Hermenegildo Galeana, Justo Sierra Méndez, Felipe Ángeles, Veintiuno de Mayo, Los Ángeles, Blasillo, Carlos A. Madrazo (Corsal), Tambores de Emiliano Zapata y Nuevo Paraíso, que se encuentran tanto en secciones de Quintana Roo como en las de Campeche.
En este sentido, el Ieqroo expuso en el cuerpo del acuerdo algo que Por Esto! de Quintana Roo anticipó en un reportaje hace dos semanas: que las 16 localidades que ordena excluir el TEPJF se encuentran contempladas en la cartografía electoral de Quintana Roo que elaboró y proporcionó el IFE, específicamente en las secciones 444, 447 y 450; y que también están incluidas en las secciones electorales de Campeche con número 425, 426 y 427, que también elaboró el mismo IFE.
Además, advierte que dentro de esas secciones de Quintana Roo, existen otras localidades sobre las que el TEPJF no se pronunció, por lo que el IFE debe ajustar los límites seccionales para que se excluyan las que el tribunal ordenó y se mantengan las que continúan dentro de la cartografía del Estado.
Por otra parte, en el mismo acuerdo se determinó que una vez que el Ieqroo reciba cartografía electoral modificada, el Consejero Presidente deberá convocar, en un plazo no mayor a los dos días siguientes, a los integrantes del Consejo General, incluyendo a los integrantes del Comité Técnico de Distritación, a una reunión formal de trabajo con carácter de urgente, en la que deberá informar al respecto.
Asimismo, se aprobó que en el término de 24 horas, contadas a partir de la aprobación de este acuerdo, el Consejero Presidente informe a la Sala Superior del TEPJF lo acordado por este el Consejo General, utilizando para ello la vía más expedita y adjuntando a dicha comunicación copia certificada del acuerdo, debidamente suscrito.
Este acuerdo que fue aprobado por mayoría, recibió el voto en contra del consejero Francisco José Escoffie Romero, mismo que presentó tres propuestas de modificación al acuerdo, mismas que fueron rechazadas, pues solo él voto a favor de ellas.
El consejero había propuesto otorgar un plazo hasta el 19 de febrero al IFE para que resolviera esta solicitud y en caso contrario se tomaran medidas alternativas, como ratificar la redistritación de julio de 2012, pasado pero sin incluir a la población de estas 16 comunidades.
El segundo punto era que mientras existiera el problema limítrofe del punto PUT, los ciudadanos con credencial de elector de Campeche no sean incluidos en la nueva demarcación.
El tercero hacía referencia a que se respete el derecho de los votantes de acuerdo al domicilio marcado en su credencial de elector.
En esta misma tónica, los consejeros rechazaron la propuesta tanto del PAN como de la representación del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que se pronunciaron en el sentido de ratificar la distritación que se realizó el año pasado y que se excluyeran solamente los poblados incluidos en las secciones 444, 447 y 445 de Quintana Roo.
La representante del PAN consideró que el Ieqroo proponga que se dejen a salvo los derechos de votar y ser votados de las personas de acuerdo al origen de su última credencial electoral, con el argumento que son más de 200 mil electores que pierden la oportunidad de ser representado adecuadamente en el Congreso del Estado.
Agregó que la resolución respecto a los límites territoriales es ajena a la competencia del Ieqroo y del IFE, por lo que la solución dependerá de la voluntad del Ieqroo, pero de todas formas su propuesta fue rechazada.
Mientras tanto, la propuesta de la Comisión de Organización del Ieqroo, presidida por el consejero José Alberto Muñoz Escalante, sobre modificaciones formales y solicitar al IFE modifique la cartografía de las secciones electorales donde están las localidades en conflicto, fue aprobada por mayoría, con el voto en contra de Escoffie Romero.
Al final de la sesión extraordinaria, el presidente del Ieqroo, Jorge Manríquez Centeno, comentó que esperarán a lo que considere el Registro Federal de Electores y el tiempo que determine para realizar esta modificación.
“Estaríamos a la espera, y una vez que nos responda el IFE a través del Registro Federal de Electores, tenemos dos días para llamar a reunión de trabajo; en este punto sólo pedimos hacer la modificación pertinente en el término en el que se solicita”.
Y a pesar que, en días pasados el propio Vocal Ejecutivo del IFE, Juan Álvaro Martínez Lozano señaló que las modificaciones requeridas requieren del la Suprema Corte de Justicia de la Nación una vez que resuelva sobre el conflicto territorial entre Quintana Roo y Campeche, Manríquez no quiso “entrar en supuestos” de que el IFE rechace esta solicitud.
Finalmente, el concejero presidente señaló se está notificando de lo acuerdos tomados al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro de las 24 horas siguientes, para que no se considere desacato.
Procedimiento de redistritación, supeditado a cartografía
Cabe mencionar que el acuerdo aprobado por el Consejo General del Ieqroo contiene también los pasos que se seguirán para aprobar el nuevo mapa distrital sin incluir a las 16 localidades en conflicto, conforme a lo ordenado por el TEPJF.
Esos pasos son:
Solicitar al Instituto Federal Electoral modifique la cartografía electoral federal, en relación con las comunidades involucradas.
Convalidar los acuerdos emitidos por el Ieqroo para la elaboración de la distritación que culminó con el mapa geoelectoral aprobado el 24 de julio de 2012.
Modificar los datos de población de las secciones 444, 447 y 450 a partir de los límites seccionales definidos por el Instituto Federal Electoral en la nueva cartografía que genere
Actualizar la base de datos censales y la cartografía electoral en el sistema informático.
Actualizar y validar la operación del sistema informático.
Generar el escenario distrital.
Evaluar el nuevo ámbito territorial que corresponderá a cada uno de los 15 distritos electorales uninominales del Estado.
Aprobar el nuevo ámbito territorial correspondiente a cada uno de los 15 distritos electorales uninominales del Estado de Quintana Roo.
Por ello consideraron que la primera acción a realizar para cumplir la sentencia es la de solicitar al IFE la modificación de la cartografía electoral federal, porque es fundamental para que puedan ser llevadas a cabo las demás acciones.
Sin embargo, advierten que la exclusión de las 16 localidades de las secciones electorales de Quintana Roo donde se encuentran es una adecuación de carácter técnico cartográfico. en la que sólo tiene atribución, por mandato constitucional y legal, al IFE, por lo que Ieqroo o cualquier otra instancia distinta a dicha autoridad electoral federal, están jurídica y materialmente imposibilitadas para modificar, alterar, excluir la cartografía electoral de la entidad, a nivel de sección electoral y localidad.
En el mismo acuerdo, el Ieqroo convalidó el diseño conceptual, el modelo matemático y los criterios para la presentación de las observaciones y propuestas de los partidos políticos que se utilizaron en la elaboración de la redistritación revocada, a fin de que sean utilizados de nuevo en la elaboración del nuevo mapa distrital; pues se consideró que podían aprobarse en el mismo acto, ya que no dependen de la cartografía de las secciones electorales.
En cambio, acuerdos sobre los indicadores socioeconómicos, la metodología y los criterios utilizados para la generación del escenario de distritación, tendrán que analizarse hasta después de que el IFE entregue la cartografía seccional electoral modificada.
En este sentido, se advirtió que deberán esperar a esa condición, porque se modificará las composición geográfica de las secciones y, por consiguiente, el número de habitantes, trayendo como consecuencia un ajuste a los datos contenidos en los indicadores, la metodología y los criterios aprobados para la redistritación del año pasad; además de que los criterios mediante los cuales se definan las cabeceras distritales deberán ser aprobados una vez que se genere el nuevo escenario de distritación. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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