MIENTRAS SON PERAS O MANZANAS: Se ampara Mario Rivero Leal ante implicación en asesinato de May Molina

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CHETUMAL, MX.- El exdiputado local y consejero nacional del Partido Acción Nacional (PAN) Mario Félix Rivero Leal tramitó un amparo ante el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo contra el Juez Primero de lo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chetumal, contra una eventual orden de aprehensión que pudiera ser emitida en su contra.

En este sentido, el mismo día el Juzgado Sexto de Distrito le concedió al político chetumaleño una suspensión provisional contra la ejecución de alguna orden de aprehensión y también una suspensión que de plano lo protege contra una orden de extradición, acto contra el que también se amparó, para lo cual tuvo que depositar una garantía monetaria de 2 mil pesos.

La demanda de amparo que puso Mario Félix Rivero Leal quedó asentada con el número de expediente 331/2014, contra el Juez Primero de lo Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Chetumal, Quintana Roo, con fecha 24 de mayo de 2014, es decir, del pasado sábado, cuando estaba citado para comparecer ante el juez a petición de la defensa de los tres detenidos por el homicidio del regidor Marco Antonio May Molina.

En los estrados de Juzgado Sexto de Distrito en el estado de Quintana Roo, se informa una síntesis sobre el amparo solicitado y señala textualmente: “Como está ordenado en el cuaderno principal se tramita el incidente de suspensión solicitado, se requiere informe previo a las autoridades responsables únicamente respecto al acto consistente en la orden de extradición. Se señalan las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo para la celebración de la audiencia incidental”.

Se admite la demanda en sus términos y toda vez que dentro de la demanda se reclama el acto consistente en la extradición, se habilitan días y horas inhábiles para el solo efecto de proveer sobre la urgencia del caso, es decir, sobre el acto ya señalado, en la inteligencia de que en relación a la suspensión de diversos actos (aprehensión y su ejecución), en día y hora hábiles se proveerá lo conducente, pues éstos no revisten el carácter de urgentes.

Se señalan las diez horas con veinte minutos del veinticuatro de junio del año en curso para que tenga verificativo la celebración de la audiencia constitucional; asimismo, se requiere a las autoridades responsables rindan sus respectivos informes justificados dentro del término de ley; tramítese el incidente de suspensión solicitado. Se concede la suspensión de plano respecto a la extradición y se solicita a las autoridades informen dentro de veinticuatro horas el informe relativo a ésta”.

Cabe destacar que Mario Félix Rivero Leal tramitó el amparo luego que uno de los presuntos asesinos del exregidor del Partido del Trabajo Marco Antonio May Molina, de nombre Fermín Aguilar Muñoz alias “El Fercho”, lo señala en su confesión ministerial como quien contrató a los delincuentes que perpetraron el crimen.

Sin embargo, el exdiputado local Mario Félix Rivero Leal, mediante una carta abierta a la opinión pública vía Internet, señaló que se trata de una difamación y calumnia que se le involucre con este asunto.

“Manifiesto que ante tal difamación e inculpamiento hecho hacía mi persona, estoy en plena disposición ante las autoridades judiciales para que se esclarezca este hecho para que el deslinde de responsabilidades”, acotó. (Fuente: Por Esto! de Quintana Roo)

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