LE DAN VUELTA A LA TUERCA DE LA VIOLENCIA EN QUINTANA ROO: No hay feminicidios en Cancún, sólo ‘homicidios graves’, dice abogado

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CANCÚN, MX.- Alejandro Betancourt Pérez, presidente del Colegio de Abogados en Quintana Roo, mencionó que las muertes violentas de mujeres registradas en este año no pueden ser declaradas ante la ley como feminicidios.

Manifestó que el término solo será utilizado, de acuerdo con la Ley, si se detiene al responsable, que deberá ser sometido a una serie de estudios para demostrar que el homicida solo ataca a mujeres, mientras esto no suceda, se le considerará al delito: “homicidio calificado grave”, tal como lo establece la norma.

En los casos de María Fernanda, Rebeca, Karen y Paloma, no se ha detenido a ningún sospechoso o responsable que haya sido analizado, para comprobar que el homicida manifieste odio hacia el género femenino.

Hasta el momento los casos se han desarrollado de la siguiente forma:

En el caso de la occisa, Paloma, de 18 años, que fue encontrada sin vida y con huellas de violencia en el fraccionamiento Villas del Mar 3, los resultados de la necropsia son: choque hipovolémico, y heridas producidas por un instrumento punzocortante en el cuerpo. Los peritos realizaron pruebas de luminol a un tercer domicilio, donde se presume que fue asesinada.

La averiguación para aclarar la muerte de Rebeca Rivera, tiene sólidos avances para lograr identificar al presunto responsable y su posible ubicación.

En el asesinato de la menor María Fernanda, de 13 años, la autoridad envió oficios de colaboración a los Estados de la República para localizar al principal sospechoso del crimen.

Por último, en el homicidio de Karen Carrasco Castilla, la Policía Judicial ha encontrado datos importantes para esclarecer la muerte de la joven universitaria, sin embargo, en los dos últimos casos se mantiene sigilo para no entorpecer las investigaciones.

¿QUÉ ES UN FEMINICIDIO?

El periódico El Universal reseñó este día que de los seis asesinatos de mujeres conocidos en lo que va del año en Cancún, ninguno se ha investigado como feminicidio. Mucho menos se ha resuelto o encontrado al o los culpables. Tampoco en los casos ocurridos en años anteriores.

Según la información de la corresponsal Adriana Varillas, la Procuraduría cataloga los asesinatos de mujeres como “homicidios violentos” o como “crímenes pasionales”, pese a que la mayoría de éstos ha encuadrado en el tipo penal de Feminicidio o en la definición contenida en la Ley General de Acceso a la Mujer a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)

De acuerdo con esta ley, el Feminicidio es toda forma extrema de violencia de Género ejercida en contra de la mujer, producto de la violación a sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas (odio a las mujeres) que pueden conllevar impunidad social y del Estado, y puede “culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

En tanto, el Código Penal estatal establece en su artículo 89-BIS, que comete el delito de Feminicidio quien dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de Género, entre las cuales, se mencionan seis supuestos.

El primero, que existan antecedentes de que el sujeto activo haya ejercido sobre la víctima, violencia familiar en términos del artículo 176 bis del Código Penal; el segundo, que el cuerpo de la agraviada presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; el tercero, que a la mujer se la hayan infligido lesiones “infamantes, degradantes o mutilaciones”, previa o posteriormente a la privación de la vida.

El cuarto supuesto consiste en que existan antecedentes de acoso u hostigamiento sexual ejercidos por el agresor, contra la víctima; el quinto, que el cuerpo de la agraviada sea exhibido públicamente con la evidente intención de demostrar el odio que el agresor tenía hacia la víctima por ser mujer; y el sexto, que el agresor haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución o haya ejercido actos de Trata de Personas en su agravio.

No es necesario que se cumplan los seis preceptos, porque con uno que se acredite, se incurre en Feminicidio, castigado con prisión de 25 a 50 años y de mil 500 a tres mil días multa. (Con información de SIPSE y El Universal)

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4 COMENTARIOS

  1. Mientras el gordito anda de paseo, nadie sabe que hacer con un asesino en serie en Qroo. !!!
    Que regrese y se ponga a trabajar que para eso se le paga?
    Den respuestas!!!!

  2. Es lamentable que quien deba acelerar las investigaciones, se estacione en un término legal.. Que si es feminicidio que si no lo es… Eso vale gorro!! Que el idiota ese que se anda paseando en Inglaterra..y sus lacayos se pongan a trabajar!!

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