Dice la Fiscalía que continúa con las diligencias judiciales necesarias para aplicar la ley en el caso de vecino agredido en Playa del Carmen

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PLAYA DEL CARMEN, MX.- La Fiscalía General del Estado informa que en relación a la carpeta de juicio 21/2018 en agravio de R.H.G.C. y en contra de Rodrigo “N” por el delito de lesiones calificadas, los fiscales del ministerio público se encuentran en espera de la resolución de la Revisión del Amparo promovido por el imputado, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito en el estado de Quintana Roo, para poder continuar con la audiencia de juicio y posterior sentencia del imputado.

Mediante un comunicado, explicó que la representación social ha integrado el expediente con base en los datos de prueba recabados por la autoridad ministerial, entre los que se encuentran algunos testimonios que corroboran la teoría del caso y que permitieron la judicialización del expediente, respetando los derechos de la víctima y del imputado,

Sin embargo, siempre según el comunicado, el procedimiento judicial no ha podido culminar, debido a la revisión del amparo pendiente por resolver y promovido por la defensa, ante la negativa de la víctima y familiares de realizar un procedimiento abreviado, que de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 201 es una alternativa considerada para una resolución ágil, en donde la reparación del daño se puede realizar siempre y cuando sea garantizada por el imputado y no exista oposición de la víctima u ofendido.

El proceso se encuentra en etapa de juicio pendiente de fijarse fecha para el desarrollo del mismo por lo que se espera que pronto el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en la Ciudad de Cancún  Quintaba Roo pueda resolver en favor conforme a derecho para las partes. En caso de confirmarse la sentencia de amparo se estará en posibilidad de fijar la fecha de audiencia del juicio oral, en la que el imputado podría ser condenado hasta a 19 años seis meses de prisión, de acuerdo a lo previsto en el Código Penal Vigente en el Estado, además de cumplir con la reparación del daño.

En referencia a una segunda carpeta iniciada ante el ministerio público del fuero común, derivada de la denuncia de familiares de R.H.G.C. en contra de la esposa del imputado,  la Fiscalía General del Estado no puede imputar delito alguno por el mismo hecho delictivo, toda vez que la persona señalada como imputada se encuentra en calidad de testigo en la primera investigación, por tanto hasta concluir las diligencias judiciales referentes a la carpeta de juicio 21/2018, la representación social no estará en posibilidad de resolver lo que corresponda respecto de la segunda carpeta de investigación.

La Fiscalía General del Estado es respetuosa de la ley y de los tiempos establecidos para el desahogo de los procedimientos judiciales, siempre en beneficio de las víctimas. (Fuente: Fiscalía General del Estado)

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