Profepa suspende negocio de regidor suplente que explotaba a cachorro de león en la Quinta Avenida

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Por Saraí Santillán

PLAYA DEL CARMEN, MX.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendió de maneral total temporal el aprovechamiento de un ejemplar de cría de león (Panthera leo) que era exhibido en un local Quinta Avenida de Playa del Carmen, tras varias quejas ciudadanas por explotación animal.

El involucrado y varias veces señalado, Félix Sandoval Jaime, regidor suplente de la Cuarta Regiduría del Ayuntamiento de Solidaridad, no cuenta con el Plan de Manejo actualizado y aprobado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ni la autorización otorgada por la Secretaría para el ‘aprovechamiento’ del animal.

La inspección de la dependencia fue realizada con ayuda de elementos de Seguridad Pública Federal, debido a que en ocasiones previas, activistas a favor de la vida animal, denunciaron amenazas y agresiones por parte de los empleados de Félix Sandoval Jaime.

“Como resultado de la visita de inspección, se encontró a un ejemplar de cría de león africano (Panthera leo) de sexo macho de aproximadamente tres meses de edad en el interior de las instalaciones del establecimiento” , detalló en un comunicado la Profepa.

Al momento de la visita, Sandoval Jaime presentó en original factura acreditando la legal adquisición del ejemplar. Sin embargo, no pudo presentar el Plan de Manejo actualizado y aprobado por la Semarnat, de acuerdo con el artículo Tercero transitorio del Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, a su vez, tampoco acreditó la autorización otorgada por la Secretaría para el aprovechamiento del ejemplar de león africano en posesión.

Por lo anterior las autoridades determinaron, como medida de seguridad, la suspensión total temporal de las actividades de aprovechamiento para el ejemplar de león africano albergado en las instalaciones del PIMVS; por lo que hasta el momento el ejemplar se mantiene resguardado en las instalaciones del predio sujeto a inspección.

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las normas oficiales mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionados con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México. Y conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, dichas conductas pueden derivar en un delito penal y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión. (Noticaribe)

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