Aprueban diputados reforma para castigar a quienes encubran pederastia, incluyendo servidores públicos omisos

0
39

CIUDAD DE MÉXICO, MX.- Luego de una votación en el pleno de la Cámara de Diputados en la que el total de legisladores presentes en el recinto emitieron su voto a favor, fueron aprobadas las reformas a los artículos 209 BIS y 400 del Código Penal Federal, por medio de las cuales se castigará a quienes encubran delitos de pederastia, publicó sdpnoticias.com.

El dictamen que pasará al Senado de la República para que se someta a análisis, discusión y posible aprobación, fue avalado por los 411 diputados de las distintas bancadas, luego de que ninguno de los diputados votara en contra o se abstuviera.

El documento avalado plantea que se aumente desde una mitad y hasta las dos terceras partes de la sanción, a quienes sean encontrados responsables de encubrir al autor del delito de pederastia, toda vez que en la actualidad la pena es de nueve a 18 años de prisión y de 750 a 2 mil 250 días de multa.

De la misma forma, el dictamen avalado por la Cámara Baja estipula que si el responsable de encubrir el delito es un servidor público, éste será castigado con la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual a la de la pena de prisión impuesta.

Reforma también busca que castigos por pederastia no prescriban

Por otro lado, la iniciativa de reforma también busca que los castigos por pederastia no prescriban, esto con la intención de que las víctimas y personas afectadas por dicha falta tengan la posibilidad de denunciar los hechos en el momento que puedan y decidan hacerlo.

El dictamen de la reforma precisa que la imprescriptibilidad, es para la aplicación de la pena, y no al delito de pederastia, pues en caso “de hacerse imprescriptible el ilícito, se dejaría en estado de incertidumbre e indefensión” a quien sea señalado como presunto culpable.

Asimismo, el documento establece que hacer inextinguible el delito “atentaría contra la seguridad jurídica y se debilitaría la seguridad jurídica de los imputados; al no prescribir, sería de por sí un atentado contra la seguridad jurídica, al mantener al imputado eternamente en vilo”. (Fuente: publimetro.com)

Comentarios en Facebook