LE CORRIGEN LA PLAN AL TEQROO: Ordena TEPJF revocar sentencia para la reinstalación del delegado de Puerto Aventuras

0
94

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación corrigió al Tribunal Electoral de Quintana Roo y ordenó revocar la sentencia aprobada por los magistrados Víctor Vivas Vivas y Nora Cerón González al determinar que la reinstalación ordenada de Tomás Flores Benitez como delegado de Puerto Aventuras es un tema administrativo y no electoral por lo que debieron declararse incompetentes sobre el caso.

Los magistrados de la sala regional Xalapa determinaron revocar la sentencia emitida por el TEQROO.

El 18 de julio, con el voto particular en contra de la magistrada Claudia Carrillo Gasca, los magistrados Vivas Vivas y Cerón González aprobaron el proyecto mediante el cual se ordenó a la presidenta municipal de Solidaridad, Laura Beristain Navarrete, reinstalar a Flores Benítez como delegado de Puerto Aventuras y pagarle los salarios retenidos al considerar que fueron vulnerados sus derechos político ciudadanos.

Durante esa sesión, los magistrados analizaron el juicio ciudadano interpuesto por Flores Benítez contra Beristain Navarrete y los titulares de la dirección de Investigación Administrativa y Responsabilidades de la Contraloría Municipal, del Área Substanciadora, Consultiva y de Análisis Jurídico de la Contraloría Municipal, por el inicio de un proceso de investigación en su contra, a suspensión temporal del cargo y designación temporal del delegado en funciones.

Vivas Vivas y Cerón González, en la propuesta, determinaron dejar sin efecto la medida cautelar que emitió la Contraloría Municipal contra Flores Benítez, al quitarlo de su cargo y ordenó al Municipio de Solidaridad reinstalarlo en el cargo, pagarle el salario retenido dando un plazo de 24 horas para notificar el cumplimiento de dicho acuerdo.

De acuerdo con el proyecto que fue analizado este jueves en la sala regional Xalapa del TEPJF, a juicio de la ponencia asiste la razón a la parte actor a cuando afirma que la medida cautelar decretada por el Teqroo se dictó en apego a la ley de responsabilidades administrativas por lo cual el Tribunal carece de facultades para conocer la controversia planteada “pues los actos desplegados en el procedimiento administrativo no son tutelares en la via elevctoral”.

En la ponencia analizada por los magistrados de la Sala Regional Xalapa el TEQROO debió declararse incompetente para resolver el asunto “y no como lo hizo bajo el argumento inexacto de realizar una maximización del derecho político electoral de ser votado en su vertiente de ejercer el cargo”.

Por lo cual los magistrados de la Sala Regional determinaron revocar la sentencia emitida por el TEQROO el pasado 18 de julio que ordenó la reinstalación de Flores Benítez y pagarle salarios caídos. (Noticaribe)

Comentarios en Facebook