Ante liberación de Alejandro Marrufo, recomienda el CPC iniciar acciones administrativas o penales contra los responsables de los hechos

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX.- Tras la liberación de José Alejandro Marrufo Roldán, tesorero y secretario de Finanzas en la administración del gobernador Roberto Borge Angulo, después de una semana de revisión del caso, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema local Anticorrupción hizo un exhorto al Poder Judicial y la Fiscalía estatal anticorrupción a realizar procedimientos pulcros mediante los lineamientos de sus respectivos marcos normativos que rigen sus funciones e inicien, substancien y/o lleven a cabo los procedimientos internos correspondientes, en caso de existir responsabilidades administrativas y/o de carácter penal “por la ejecución de una orden de aprehensión bajo situaciones jurídicas muy debatibles”.

Aunque establecieron que hay poca información respecto al contenido de la Carpeta de Investigación 144/2018, iniciada ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de Quintana Roo contra Marrufo Roldán, imputado por el delito de peculado, “estos hechos preocupan e indignan enormemente a la ciudadanía que exige justicia pronta y expedita.

El organismo aclaró que no ponen en tela de juicio si el ex funcionario es o no responsable penalmente, ya que le corresponde al Poder Judicial determinarlo pero sí cuestionaron “si las autoridades tanto ministeriales como judiciales en este caso actuaron diligentemente, si respetaron las reglas del debido proceso, así como los principios de legalidad y seguridad jurídica, emanados de la Constitución”.

“Nos sumamos a la preocupación pública ante los últimos acontecimientos derivados de la aprehensión y posterior liberación del ex servidor público”, señalan.

Con base en la revisión de información disponible, el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Local Anticorrupción analizaron la sentencia de amparo dictada por el Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo dentro del Juicio de Amparo Indirecto con Número de Expediente 1009/2019;

Extractos de los acuerdos del Juicio de Amparo publicados en la Página del Consejo de la Judicatura Federal y el Posicionamiento que ha realizado y publicado la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo.

Como resultado de dicho análisis llama la atención que desde el 11 de diciembre de 2019, el Juez Sexto de Distrito en el Estado de Quintana Roo emitió un acuerdo en el Cuaderno Incidental dentro del Juicio de Amparo precitado, publicado en lista de estrados de dicho Juzgado Federal el día subsecuente, por medio del cual ordenó que había dejado de surtir efectos la suspensión definitiva de la cual gozaba el ex servidor público en contra de la orden de aprehensión emitida el 28 de agosto de 2018, por un Juez de Control del Sistema Penal Acusatorio con residencia en Chetumal, dejando así, expedita la jurisdicción de las autoridades responsables para ejecutar la multicitada orden aprehensión, tras lo cual transcurrieron casi 8 meses para ejecutar la orden.

Además de lo anterior, dicha orden de aprehensión se ejecutó bajo situaciones jurídicas muy debatibles, ya que para entonces se había dictado Sentencia en el Juicio de Amparo, violando presumiblemente con ello, lo estipulado en los artículos 77, 266 y 267 y demás aplicables de la Ley de Amparo, en la cual se le ordenaba en su resolutivo segundo inciso a) al Juez de Control lo siguiente:

“a) Cite para la celebración de una nueva audiencia privada dentro de la carpeta de investigación 144/2018, en la que deje insubsistente la diversa en la que decretó orden de aprehensión a Alejandro Marrufo Roldán por su probable participación en la comisión de hechos que la ley señala como delito de peculado. (Noticaribe)

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