Por Rafael Briceño
CHETUMAL, MX.- A partir del 1 de febrero, los sindicatos podrán iniciar el proceso de renovación de sus comités directivos, cuyos periodos hayan vencido o suspendido por la pandemia, mediante el cumplimiento de los protocolos sanitarios, según acuerdo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje publicado en el Periódico Oficial del Estado.
En la publicación se confirma el acuerdo tomado en diciembre mediante el cual se otorga una prórroga en el período de vigencia de las funciones inherentes a las directivas de las organizaciones sindicales registradas ante la junta de conciliación y arbitraje hasta el 31 de enero de 2021, únicamente a aquellas cuyo periodo de vigencia hubiera concluido dentro del periodo del 23 de marzo y hasta el 31 de diciembre del 2020.
El período de prórroga será aplicable a las directivas en aquellos expedientes que, previo a la declaratoria de emergencia y suspensión de labores, promovieron ante la junta de conciliación y arbitraje la emisión de la certificación de inscripción de su nueva directiva sindical así como a aquellas que con motivo de la suspensión de actividades se encontraron física y materialmente imposibilitados para celebrar, iniciar o concluir dichos procesos de elección de nuevas directivas a partir de la fecha en que concluyó y hasta el 31 de enero del 2021.
Esta prórroga otorgada no implicará cambio o modificación alguna de los integrantes de Los comités ejecutivos
El documento establece que a partir del primero de febrero del 2021, las organizaciones sindicales que no hubieran iniciado procesos de elección de directivas al término de su vigencia y hasta el 31 de enero del 2021 se encuentren pendientes de resolución ante esta autoridad o se haya suspendido el proceso con motivo de la emergencia sanitaria decretada por el consejo de salubridad General, se les otorgará un plazo de 10 días hábiles para que inicien o continúen los procesos de elección de sus directivas cuidando los aforos establecidos de acuerdo con el semáforo epidemiológico de riesgo sanitario emitido por el gobierno de Quintana Roo, lo que se harán del conocimiento de la autoridad correspondiente en términos de la fracción 2 artículo 377 de la Ley Federal de trabajo para que se acuerde lo que en derecho corresponda salvaguardando así los derechos de los trabajadores y en pro de la representación legal de dichas organizaciones en favor de sus agremiados.
Para la realización de las asambleas las organizaciones sindicales deberán establecer los mecanismos eficientes observando los protocolos sanitarios para celebrar los procesos electorales cuando el objeto de que los trabajadores ejerciendo los principios de libertad democracia y autonomía sindical elijan a los nuevos integrantes de la directiva sindical
El documento publicado está firmado por la presidenta de la Junta local de Conciliación y Arbitraje, Ruth María de Lourdes Fernández Estrada, y los representantes obrero, José Rafael Beltrán Chim; patronal, José Melgar Canto Arau, y la secretaria general de Acuerdos, Karina Alejandra Peraza Mendoza. (Noticaribe)