DAN DIEZ DÍAS A MORENA PARA RESOLVER QUEJAS CONTRA JORGE PARRA: Deberá Comisión Nacional de Honestidad y Justicia revisar a fondo queja interpuesta por nombramiento de su secretario general en Quintana Roo

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) acordaron otorgar un plazo de 10 días a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena para analizar a fondo la queja interpuesta por la designación de Jorge Parra Moguel como secretario general del comité directivo en Quintana Roo. 

Este miércoles, los magistrados resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense, número JDC/006/2021, presentado por Enrique Morales Pardo contra Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena y la resolución recaída al Procedimiento Sancionador Electoral con número CNHJ-QROO-051/2021, la cual sobresee el expediente mediante el cual se sostiene el nombramiento de Jorge Gilberto Parra Moguel, en funciones de Secretario General del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Quintana Roo. 

En este asunto, la Magistrada y los Magistrados del Pleno decidieron por unanimidad de votos revocar la resolución recaída en el Procedimiento Sancionador Electoral porque consideraron que no se actualiza ninguno de los elementos que compone la causal de sobreseimiento, subsistiendo la materia de la controversia planteada por el actor, por lo que ordenaron a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena que resuelva el fondo del asunto planteado por el actor, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Asimismo, dijo que se deberá informar en un plazo no mayor a 24 horas, contadas a partir de la emisión de la resolución ordenada, del cumplimiento. 

El magistrado Sergio Avilés Demeneghi emitió un voto particular concurrente en atención a que consideró un exceso procesal, y una incongruencia interna, haber desplegado diligencia para mejor proveer, ya que si bien es una facultad de todo juzgador; esto es una potestad en primer término de la autoridad competente que se abocará sobre el fondo de la litis planteada, es decir, de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena y no el TEQROO, en estos momentos.

Durante la sesión virtual, los magistrados del Teqroo impuso una multa de 60 UMAs a Carlos Antonio Mimenza Novelo por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género en agravio de la diputada local, Roxana Lili Campos Miranda. 

Además, ordenó inscribir a Mimenza Novelo en el Registro Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como dar vista al Instituto Electoral de Quintana Roo, el Instituto Nacional Electoral, el Instituto Quintanarroense de la Mujer y a la Dirección de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo. 

Lo anterior, lo determinó el Pleno, al resolver el Procedimiento Especial Sancionador identificado con el expediente PES/001/2021, interpuesto por la diputada local Roxana Lili Campos Miranda en contra de Carlos Antonio Mimenza Novelo, por actos de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

También en la sesión confirmó el acuerdo del IEQROO mediante el cual se determinó el tiempo que deberá permanecer el nombre de Merced Ortiz Maya en el Registro de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. (Noticaribe)

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