INE ordena a AMLO eliminar ‘la mañanera’ de la inauguración del AIFA, tras calificarla de propaganda gubernamental

0
102

CIUDAD DE MÉXICO, MX.- El Instituto Nacional Electoral (INE) dictó medidas cautelares y de tutela preventiva al Presidente de la República por la difusión de propaganda gubernamental en periodo de veda por la revocación de mandato, correspondiente a la conferencia mañanera que se realizó desde el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) este lunes, publicó aristeguinoticias.com.

La Comisión de Quejas estimó que durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 se difunden actividades gubernamentales, vinculadas a los logros y acciones del gobierno, como lo es la apertura y funcionamiento del aeropuerto, al destacar la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, “lo que, en apariencia del buen derecho, podría constituir propaganda gubernamental”.

El INE ordenó al Presidente de la República y al vocero presidencial que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina efectuada el pasado 21 de marzo.

“O modificar los referidos archivos a efecto de que sean suprimidas las manifestaciones realizadas por Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Alfredo del Mazo Maza, Gobernador del Estado de México; Luis Cresencio Sandoval González, Secretario de la Defensa Nacional; Gustavo Ricardo Vallejo Suárez, Ingeniero Residente General y Comandante del Agrupamiento de Ingenieros Felipe Ángeles; e Isidoro Pastor Román, Director General del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles”.

La Comisión resolvió cuatro solicitudes de medidas cautelares promovidas por el PAN, el PRD y el PRI, contra de la asociación civil “Que Siga la Democracia”, el presidente López Obrador, el presidente de Morena, así como a este partido, entre otros, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Asimismo, el INE reiteró que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo no es aplicable para esta revocación, que inició el 4 de febrero de este año con la publicación de la convocatoria respectiva. (Fuente: aristeguinoticias.com)

Comentarios en Facebook