Anula Tribunal Federal de Justicia Administrativa sanción impuesta a ex contralor de Quintana Roo cuando se desempeñaba en Fonatur

Determinaron los magistrados que el Órgano Interno de Control de Fonatur carecía de existencia legal. Sentencia del TFJA constituye un fallo definitivo sobre el tema.

0
538

Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Luego de habérseles aplicado una sanción administrativa consistente en inhabilitación temporal para desempeñar cargos en el servicio público por 10 años, así como una sanción económica de 260 mil pesos más IVA, tras el amparo interpuesto por el ex secretario de la Contraloría estatal, Rafael del Pozo Dergal, Mauricio Humberto Zebadua Santos, Nartha Eugenia Soto López, Jorge Humberto Rodríigez Tapia y Gilberto García Gallegos, la Sala Regional del Caribe y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dejó sin efecto dichas sanciones aplicadas por el órgano interno de control de Fonatur infraestructura SA de CV, antes Fonatur mantenimiento Turístico SA de CV, al considerar que era incompetente para aplicarlas.

Los demandantes argumentaron que la sanción administrativa aplicada por el Órgano Interno de Control de Fonatur se encontraba indebidamente fundada en cuanto a competencia debido a que la sustentó en el artículo 80, fracción I, numeral 1, del reglamento interior de la Secretaría de la Función Pública el cual no se encontraba vigente, con lo cual se actualizaba la causal de nulidad y era un acto viciado de origen.

De acuerdo con la sentencia emitida el 3 de octubre de 2022, los magistrados de la Sala Regional del Caribe Y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dejaron sin efecto la sanción administrativa impuesta y otorgaron un plazo de cuatro meses al Órgano Interno de Control para reintegrar los salarios caídos y las prestaciones que legalmente tienen derecho a percibir los demandantes, puesto que con ello se garantiza la restitución de sus derechos, así como la restitución en los cargos que desempeñaban. Esta sentencia constituye un fallo definitivo sobre el tema.

Cabe recordar que el procedimiento administrativo de responsabilidad contra del Pozo Dergal, Mauricio Humberto Zebadua Santos, Nartha Eugenia Soto López, Jorge Humberto Rodríigez Tapia y Gilberto García Gallegos inició el 20 de diciembre de 2018 por presunto incumplimiento a cabalidad del principio de eficiencia, así como la inadecuada administración y coordinación eficiente de los recursos financieros del Contrato de Obra Pública HUDM-GSOP6/16-0-01, lo que generó un presunto daño patrimonial por un millón doscientos noventa y cuatro mil noventa y un pesos cuando se encontraban adscritos a Fonatur Mantenimiento Turístico SA de CV lo que generó perjuicios económicos a Fonatur Infraestructura S.A. de C.V. por concepto de indirectos, financiamiento y utilidad un monto de 347 mil 651 pesos más IVA.

Del Pozo Dergal promovió el juicio de amparo 1202/2019 y el 24 de octubre de 2019 se otorgó la suspensión provisional para el efecto que no se dictara resolución dentro del expediente administrativo R048/2018.

El 4 de noviembre siguiente se informó que dentro del juicio de amparo 1202/2019 se había otorgado la suspensión definitiva, para el efecto de que no se dictara la resolución que resolviera el fondo del asunto, aunque ello no implicaba la suspensión del procedimiento, dado que se podían continuar con las diligencias que fueren convenientes para la tramitación del procedimiento.

Asimismo, el 28 de octubre de 2020, el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México resolvió sobreseer el caso. Contra dicha resolución, Del Pozo promovió recurso de revisión el cual se resolvió el 9 de junio de 2021 confirmando el sobreseimiento de las medidas cautelares solicitadas por el contralor.

El 15 de septiembre de 2021, se dictó resolución en la cual en el resolutivo Tercero se sancionó a del Pozo Dergal por la inhabilitación temporal para ocupar cargos públicos por 10 años y la sanción económica por doscientos sesenta mil pesos más IVA, así como Setenta mil pesos más IVA que corresponde a la quinta parte del daño y perjuicio causado de manera conjunta y simultanea por los servidores públicos infractores.

Tras el amparo interpuesto por Del Pozo Dergal, la Sala Regional del Caribe y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa emitió la sentencia definitiva con fecha del 3 de octubre de 2022 en la cual anula la sanción de inhabilitación impuesta por el titular del área de responsabilidad del órgano interno de Control de Fonatur. (Noticaribe)

 

Comentarios en Facebook