Presenta INAI nuevo recurso ante la SCJN para revertir nuevo decreto de AMLO que busca mantener opacidad sobre obras prioritarias del gobierno al declararlas como de seguridad nacional

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CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó una queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el Decreto publicado por el presidente López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF) relacionado con las obras del gobierno federal.

Según el decreto, emitido el jueves, el presidente declaraba que proyectos como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum, entre otras obras, eran de seguridad nacional y de interés público. Sin embargo, el INAI argumenta que la publicación de dicho Decreto viola la suspensión otorgada por la SCJN en la controversia constitucional 217/2021, presentada en diciembre de 2021, para impugnar el Acuerdo del 22 de noviembre del mismo año, mediante el cual el presidente declaraba como de seguridad nacional los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno Federal.

La SCJN, al admitir la controversia constitucional, determinó que se suspendieran todos los efectos y consecuencias del decreto propuesto por el presidente, ya que su ejecución implicaría una restricción al derecho a saber, dado que la información derivada de dichos proyectos y obras también podría ser considerada como reservada por seguridad nacional e interés público. Tras analizar el texto, el INAI señala que el Decreto publicado viola la suspensión otorgada por la SCJN, al encontrarse en los mismos términos del Acuerdo de noviembre de 2021, lo que podría representar una restricción al acceso a la información relacionada con las obras mencionadas.

En respuesta al recurso presentado por el INAI, se afirma que el decreto de AMLO se mantiene suspendido ya que la controversia constitucional aún no ha sido resuelta en su totalidad. Aunque el Pleno de la SCJN determinó la invalidez del Acuerdo del 22 de noviembre de 2021, no se han dictado los efectos de la sentencia, lo que implica que el asunto no se considera completamente concluido. Por lo tanto, se aclara que los efectos de la suspensión siguen en vigor.

Además del recurso de queja, el INAI solicitó a la SCJN que los efectos de la sentencia de la controversia 217/2021, que se espera sean dictados en la sesión del 22 de mayo, se apliquen también al Decreto publicado recientemente, debido a la similitud existente entre ambos, ya que ambos catalogan las obras de infraestructura del Gobierno federal como de seguridad nacional e interés público, lo cual afecta el derecho a saber de la sociedad. (Agencia SIM)

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