Sanciona el Teqroo a sexto regidor del Ayuntamiento de Cozumel, Pedro Francisco Centeno Ku, por Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género y ordena inscribir su nombre en el Registro de personas sancionadas por dos años, además de un ofrecimiento de disculpa pública

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Por Rafael Briceño

CHETUMAL, MX. – Tras la queja presentada por cinco funcionarias contra el sexto regidor del Ayuntamiento de Cozumel, Pedro Francisco Centeno Ku, por unanimidad de votos, magistrados del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinaron la existencia de Violencia Política contra la Mujer en razón de Género (VPMRG) al determinar que las expresiones realizadas por el funcionario estaban claramente dirigidas a denostar el trabajo y las capacidades de las quejosas, es decir, la alcaldesa de Cozumel y cuatro regidoras más.

En la sesión que se realizó antes de la medianoche del lunes y concluyó por la madrugada, después de haber sido pospuesta por dos ocasiones, las magistradas y el magistrado ordenaron como medida de satisfacción que Centeno Ku ofrezca una disculpa pública en el cabido de Cozumel y en su perfil de la red social Facebook y se notifique al Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) para que el nombre del sexto regidor en el ayuntamiento de Cozumel sea inscrito en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género de Quintana Roo y realice la comunicación respectiva al Instituto Nacional Electoral para su inscripción en el Registro Nacional por un período de dos años.

Alcaldesa Juanita Alonso en el Cabildo.

Cabe señalar que las cinco funcionarias interpusieron el Procedimiento Especial Sancionador en materia de VPMRG contra Centeno Ku así como también en contra de Adrián Gual Manzanilla, en su calidad segundo regidor y Bruno Esteban Díaz Solís, en su calidad de síndico municipal, del ayuntamiento de Cozumel.

Aunque después, en los casos del segundo regidor y el síndico municipal, al momento de comparecer a la audiencia de pruebas y alegatos, las denunciantes manifestaron no otorgar su consentimiento para proceder en contra de Adrián Gual Manzanilla y Bruno Esteban Díaz Solís, quienes estaban señalados como responsables de la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que el Pleno del TEQROO determinó declarar el sobreseimiento del Procedimiento Especial Sancionador interpuesto en ambos casos.

En el caso del sexto regidor, el magistrado y las magistradas del Teqroo acreditaron la existencia de las conductas atribuidas al denunciado, dado que fue posible determinar que las expresiones analizadas están claramente dirigidas a denostar el trabajo y las capacidades de las quejosas. (Noticaribe)

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